Convocatoria de incidencias

La convocatoria de incidencias es aquella que salva la imposibilidad excepcional de realización de un procedimiento de evaluación final o global ya convocado, por motivos justificados y debidamente acreditados (Art. 15.3 Reglamento de Evaluación de Estudiantes-REVA).

Solicitud

Acceso con certificado electrónico con cl@ve y con la cuenta um.es.

https://micampus.um.es/#/convocatoriaincidencias

Importante: Adjuntar documentación justificativa

Supuestos objeto de una convocatoria de incidencias

Pueden ser supuestos objeto de una convocatoria de incidencias, entre otros :

La coincidencia de fechas y turno horario (mañana o tarde):

  •  Si el estudiante tiene autorización para realizar estudios simultáneos, salvo en el caso de las Programaciones Conjuntas de Estudios Oficiales.
  • En pruebas de distintas asignaturas del mismo curso.
  • Con una actuación en representación de la Universidad de Murcia, participación en sesiones de órganos colegiados en calidad de representante o participación en actividades de programas especiales (DANUM u otros).
  • Que la coincidencia concurra en la convocatoria de junio, siempre que el estudiante se haya presentado a una de las asignaturas que coinciden en la convocatoria de febrero y no la haya superado, siendo esta la causa de la coincidencia, y que le sea imposible presentarse a las asignaturas de las que solicita examen de incidencia en la convocatoria de julio por nueva coincidencia entre las citadas asignaturas, o, en su caso, de la asignatura cuya prueba no se hubiera superado en febrero con otra asignatura diferente, o por otra causa impeditiva debidamente justificada y acreditada, a criterio discrecional del decano o decana del centro.
  • Si la coincidencia concurre en la convocatoria de julio, el/la estudiante debe haberse presentado a una de las asignaturas de las que solicita examen de incidencia en la convocatoria de junio.
  • La coincidencia con pruebas evaluadoras correspondientes a estudios superiores de arte dramático, conservatorio y diseño, siempre que se justifique la imposibilidad de cambio de fechas en los referidos estudios y ésta cuente con el V. º B. º del decano/a.
  • Cualquier circunstancia personal acreditada que impida la realización de la prueba en las condiciones convocadas, a criterio del decanato o que esté recogida en la normativa del centro.

Para más información, consulta el “Reglamento de Evaluación de Estudiantes” REVA