Admisión por estudios extranjeros parciales o totales

Admisión de estudiantes con estudios universitarios extranjeros parciales o totales que no hayan obtenido homologación.

Requisitos

Podrán solicitar su admisión aquellos estudiantes con estudios universitarios extranjeros parciales o totales que no hayan obtenido la homologación, para continuar las mismas enseñanzas o equivalentes en la Universidad de Murcia, a los que les sean reconocidos un mínimo de 30 créditos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 del R.D. 412/2014.

Los estudiantes que no cumplan estos requisitos, podrán optar por el ingreso en la Universidad de Murcia a través de cualquier procedimiento de acceso previsto en la normativa vigente.

Oferta de plazas

El número de plazas se aprueba anualmente y será del 1% del total las plazas ofertadas para el Grado en Matemáticas para estudiantes de nuevo ingreso.

Lugar de presentación de Solicitud

Plazos

  • Del 15 de mayo al 20 de julio. Finalizado el plazo no se admitirá ningún otro documento que no figure junto a la solicitud.

Documentación

Con la solicitud se deberá aportar la siguiente documentación requerida para la solicitud de convalidación de estudios universitarios extranjeros, recogida en las Normas de matrícula de la Universidad de Murcia:

  • Solicitud de admisión con estudios extranjeros parciales o totales no homologados (solo si no presenta la solicitud en Mi Campus).
  • Documento que acredite la identidad y nacionalidad de la persona solicitante: DNI, Pasaporte o NIE.
  • Certificación académica oficial de los estudios realizados donde consten las asignaturas cursadas y aprobadas, con las convocatorias, calificaciones, créditos y horas lectivas, señalando el valor que se considera equivalente a aprobado. No se admitirá borrador de la certificación académica o similar, siendo indiferente que la universidad de origen lo haya emitido o no dentro del plazo de presentación de solicitudes. Únicamente se valorarán las certificaciones académicas emitidas dentro del plazo de presentación de solicitudes.
  • Programas o guías docentes de las asignaturas superadas donde conste el contenido y amplitud con que fueron cursadas, debidamente autentificadas por la Universidad de origen.
  • Plan de estudios de la titulación cursada en el que conste la duración de los estudios en años académicos y las asignaturas que lo integran, con el sello original de la Universidad de origen.
  • Documento oficial que acredite que la Universidad de origen está autorizada o reconocida en el sistema de educación superior del país correspondiente.
  • Documento de equivalencia de Notas Medias de los estudios universitarios realizados en centros extranjeros, expedido por el Ministerio competente en materia de universidades.
  • Traducción oficial al español, en su caso.
  • Justificante del abono de la tasa por estudio de expediente. Puede efectuar el pago en GURUM. (Cód. Ing.: (53285) - ESTUDIO EXPEDIENTE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS Y CONVALIDACIONES. RESTO UNIVERSIDADES E INSTITUCIONES) (solo si no presenta la solicitud en Mi Campus).

Todos los documentos que se aporten a estos procedimientos, deberán ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes para ello, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate, legalizados y traducidos al español, en su caso.

Resolución

Las solicitudes serán resueltas por el Rector, quien podrá delegar en el decano/a.

Se dictará resolución provisional de personas admitidas antes del 15 de septiembre.

Los/las solicitantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la citada resolución para presentar las alegaciones o reclamaciones que estimen oportuno. Las peticiones se realizarán mediante presentación de instancia básica en el Registro electrónico de la Universidad de Murcia dirigida al centro al que esté adscrita la titulación cuya admisión se solicita.
Examinadas y atendidas, en su caso, las alegaciones a que se refiere el apartado anterior, se dictará resolución aprobando las relaciones definitivas de personas admitidas.

La resolución será notificada a las personas interesadas de acuerdo con el art. 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas. A estos efectos, la publicación de las listas de admitidos y excluidos en el tablón oficial de la Universidad de Murcia (TOUM), tendrá carácter de notificación a las personas interesadas.

Matrícula

En caso de admisión, el/la estudiante, deberá formalizar la matrícula en la titulación correspondiente de esta Universidad, y para el curso académico para el que haya sido admitido.

Según lo dispuesto en el decreto de precios públicos: los/las estudiantes que obtengan reconocimiento o convalidación de estudios realizados en otros centros abonarán el 25% del coste de la asignatura reconocida.

No estarán obligados al pago los/las estudiantes con beca, Familia Numerosa de carácter especial o cualquier otra gratuidad reconocida.

Si el solicitante no llegara a formalizar su matrícula, quedará sin efecto la admisión del traslado,  dando traslado de dicha situación a la persona interesada para su conocimiento.

Normativa

Reglamento de admisión por traslado de expediente de la Universidad de Murcia

CONVALIDACIONES DE ESTUDIOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR (Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre). Extracto de la normativa.