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Comité de Bioseguridad en Experimentación (CBE)

Procedimiento para la importación/exportación de muestras biológicas de origen humano o que sea potencialmente patógeno para el hombre

Procedimiento para la importación/exportación de muestras biológicas

La importación y exportación de muestras biológicas se rige por el Real Decreto 65/2006 de 30 de enero de 2006 y su modificación Orden SAS/3166/2009 de 16 de noviembre que sustituye los anexos del real decreto anterior.

Dentro del territorio español se considera un traslado interno de muestras biológicas y por consiguiente no requiere autorización.

Dentro del espacio Aduanero Comunitario no se requerirá autorización para la importación/exportación de muestras biológicas.

Las muestras biológicas catalogadas como comerciales no necesitan autorización expresa por parte de la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación, pero debe cumplimentarse el Anexo I, que será firmado por el inspector de Sanidad Exterior para su despacho, junto con la factura comercial del producto.

Si la exportación/importación se realiza a otros países, este Real Decreto distingue los siguientes tipos de procedimientos:

 

 
Research Ethics Commission
comision.etica.investigacion@um.es
868 88 36 14