Segunda matrícula y sucesivas

Deberá realizar su matrícula de forma telemática en el portal web https://automatricula.um.es, accediendo con cuenta@um.es, certificado electrónico o Cl@ve.

Planifica tu matrícula

Antes de hacer automatrícula es muy recomendable que tengas en cuenta la normativa universitaria, horarios, calendario de exámenes, así como tu disponibilidad de tiempo real para dedicar al estudio – ten en cuenta que se considera que 1 ECTS equivale a 25 horas de trabajo - y situación económica.

Una buena planificación puede suponer un ahorro económico considerable si cada año te matriculas de aquellas asignaturas que consideras que puedes aprobar.

Durante el plazo de ordinario de matrícula te puedes matricular de todas las asignaturas del curso (60 créditos, o los que correspondan en el caso de doble titulación) o sólo de las de primer cuatrimestre, teniendo en cuenta que en enero hay un plazo de ampliación de matrícula que te permitirá elegir las asignaturas del segundo cuatrimestre.

A la hora de elegir asignaturas, tu itinerario debe tener coherencia académica. Hay asignaturas que deberías cursar antes que otras. Si tienes dudas relacionadas con esto, consulta las guías docentes (punto 3. condiciones de acceso a la asignatura) o con los tutores que participan en el Plan de acción tutorial.

NO ES NECESARIO ENTREGAR NINGÚN DOCUMENTO EN LA SECRETARÍA (con la excepción del mandato u orden de domiciliación, si va a modificar la cuenta de domiciliación o domicilia el pago por primera vez). Dicho mandato bancario se genera automáticamente en el proceso de automatrícula.
En el portal de Automatrícula y en MICAMPUS podrá obtener una copia del recibo (en caso de no domiciliación) y del resguardo de matrícula sellado por la Secretaría General de la Universidad.

Curso 2022/2023: Del 17 de julio al 5 de septiembre de 2023 en automatrícula.um.es.

  • Puedes matricularte de un mínimo de 18 y un máximo de 72 créditos.

Cuando se trate de estudios simultáneos, sean o no doble itinerario, la matrícula por curso académico no podrá ser superior al 20% del número de ECTS previsto para ese curso, redondeando, en su caso, al múltiplo de 6 inmediatamente superior, en el caso de tiempo completo, ni a 42 créditos, si se trata de tiempo parcial.

Los créditos superados en la convocatoria de enero, serán susceptibles de ampliación de matrícula hasta completar el máximo de 72 ECTS, o los que pudieran corresponder, de acuerdo con los máximos establecidos en el apartado anterior.

  • Deberás matricularte de asignaturas de cursos inferiores con prioridad a las de los cursos superiores, pudiendo dejar sin matricular de cursos anteriores un número de créditos igual o inferior a 18 créditos.

(En el caso de estudiantes sujetos a programas de movilidad se podrá eximir del cumplimiento de lo indicado en el artº 4.2 del Reglamento de progresión y permanencia. Dicha solicitud de exención podrá realizarse al formalizar la automatrícula, siempre que el acuerdo académico haya sido validado).

El estudiante abonará las tarifas correspondientes a:

Debes tener en cuenta el incremento de precios por crédito matriculado en segunda y sucesivas matrículas:

1ª Matrícula: 14,38 €

2ª Matrícula: 28,77 €

3ª Matrícula: 62,32 €

4ª Matrícula: 86,30 €

* En las asignaturas de planes en proceso de extinción de las que no se impartan las correspondientes enseñanzas, se abonará por cada crédito el 25% de los precios de la tarifa ordinaria.

CALCULADORA DE MATRÍCULA

Si tienes derecho a alguna gratuidad o descuento, debes indicarlo en la Automatrícula y adjuntar en fichero electrónico (formatos pdf o jpg) la documentación correspondiente.

Para acreditar el descuento por familia numerosa es necesario adjuntar el Título en el que aparecen todos los miembros de la uniddad familiar, no el carnet individual.

Para el caso de residentes en la Región de Murcia y acreditación de la condición de Familia Numerosa y/o Discapacidad, podrán ejercitar su derecho a no presentar los documentos que obren en poder de las Administraciones Públicas de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 39/2015, así como de la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales. La Universidad de Murcia procederá a recabar de oficio los datos necesarios para la tramitación de este procedimiento. No obstante, en el caso de oponerse a dicha comprobación deberá aportar los correspondientes documentos.

En el caso de que el/la estudiante no aporte la documentación correspondiente a las posibles gratuidades o bonificaciones indicadas al formalizar la matrícula, o que la aportada no acredite suficientemente las mismas se entenderá que la matrícula es definitiva, si bien se procederá por parte de la Secretaría del Centro correspondiente a practicar una nueva liquidación ajustada a las condiciones realmente acreditadas o a modificar la forma de pago, en su caso

No se solicitará la documentación en aquellos casos en que el Centro disponga ya en el expediente informático del estudiante de constancia documental en vigor que acredite la gratuidad, deducción o bonificación. En estos casos, se informará al estudiante de esta circunstancia.

FORMA DE PAGO:

a) En un único, sin domiciliación bancaria, haciéndolo efectivo en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día de la formalización de la matrícula. El pago de este recibo puede efectuarse en cualquier sucursal indicada en el recibo, en cajeros automáticos o mediante banca electrónica. También puede ser pagado por tarjeta bancaria o Bizum a través del portal http://gurum.um.es

b) Domiciliación bancaria, bien en un solo plazo, o mediante pago fraccionado, se girará el importe correspondiente a la entidad bancaria indicada en su matrícula de la siguiente manera:

  • Recibo único (100% de derechos académicos, más los derechos de secretaría). Será cargado en cuenta bancaria en el mes de septiembre.
  • Pago fraccionado:
    • En ocho pagos, que serán ingresados en iguales cuantías de derechos académicos en los meses de septiembre, octubre, noviembre, diciembre, enero, febrero, marzo y abril del curso académico correspondiente.
  • En dos pagos, solo para estudiantes que vayan a finalizar los estudios en la convocatoria de febrero. Serán cargados en cuenta en iguales cuantías de derechos académicos en septiembre y octubre del curso académico.

* El primero de los pagos incluirá además el total de los derechos de secretaría que correspondan.

En el caso de que el estudiante formalice matrícula con posterioridad a las fechas de los envíos establecidos, el importe de la misma se dividirá entre los plazos que aún queden por enviar.

Cuando se produzca el impago de dos plazos se considerarán vencidos los plazos restantes, exigiéndose el pago de la totalidad de la deuda en un plazo de 10 días.

El impago total o parcial de los derechos académicos correspondientes supondrá la anulación de oficio de la matrícula y la suspensión del uso de los servicios universitarios. En sucesivas matrículas se efectuará la liquidación por el total de los derechos que se deben ingresar (incluyendo los no satisfechos en cursos anteriores).

DOMICILIACIÓN DEL PAGO: Si vas a domiciliar el pago de la matrícula, deberás cumplimentar, descargar y firmar (el titular de la cuenta en la que se domicilia el pago) el modelo de mandato u orden de domiciliación, que podrá obtener en el siguiente enlace: GURUM. Este mandato u orden de domiciliación, una vez cumplimentado y firmado, deberás entregarlo en la Secretaría de tu Centro, a la mayor brevedad posible, para que tu matrícula pueda ser validada con estas condiciones.

Comprueba que has marcado la casilla de domiciliación en el formulario de matrícula.

Precio de matrícula por causas sobrevenidas y justificadas. Se autoriza a las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena a mantener los mismos precios públicos de matrícula del último curso, en el caso de estudiantes que por causas sobrevenidas debidamente justificadas (enfermedad, intervención quirúrgica, fallecimiento o enfermedad grave de familiares en primer grado de consanguineidad, incorporación al mercado de trabajo por exigencias derivadas de empeoramiento de la situación económica familiar, entre otras), no puedan presentarse a examen o afecte a su rendimiento académico.

En estos casos y a petición del interesado, al matricularse de nuevo en la/s asignatura/s no superada/s, se le aplicará el precio de matrícula correspondiente al del último curso matriculado y no el que le correspondería si se tratase de una sucesiva matrícula de esa asignatura.

Resolución del Secretario General sobre solicitudes de mantenimiento de precios públicos para el curso 2023/2024.

 

No es necesario presentar ninguna solicitud, la bonificación se aplicará de oficio por la Universidad de Murcia al alumnado que cumpla los requisitos.

Se trata de una bonificación como máximo del 70% (50% a partir del curso 2023-2024)  del precio correspondiente a la matrícula siempre que la asignatura superada en la convocatoria de enero corresponda al segundo cuatrimestre.

La bonificación se tramitará una vez finalizada la convocatoria de exámenes del primer cuatrimestre y se materializará como devolución de un importe igual a su cuantía que se hará efectivo antes del 30 de junio del año de que se trate. Si el/la estudiante ha fraccionado el pago de la matrícula en 8 pagos, se efectuará, en su caso, una reliquidación de los plazos pendientes de pago. Si se hubiera abonado la totalidad del importe, la Universidad procederá a la devolución de oficio del importe correspondiente en la misma cuenta en la que se domicilió el pago de la matrícula.  En aquellos casos en los no se disponga de información sobre la cuenta bancaria, se requerirá a la persona interesada para que proceda a su cumplimentación, de modo que, una vez que ello hubiera sido hecho, se efectuará la correspondiente devolución.

Hay algunas excepciones en las que no se aplicará la bonificación: No se aplicará a los créditos superados por asignaturas obligatorias de tipo práctico, asignaturas optativas con todos sus créditos prácticos, ni a Trabajos Fin de Grado y Fin de Máster. Tampoco a asignaturas sin docencia de planes en proceso de extinción.

Podrás matricularte de TFG cuando cuando te quede un máximo de 72 créditos ECTS (o los que correspondan en el caso de doble titulación) para finalizar la titulación.

Si te vas a matricular del TFG, deberás hacerlo simultáneamente de todos los créditos que te resten por finalizar. Excepcionalmente se puede solicitar autorización durante el proceso de automatrícula para matricularse del TFG sin todos los créditos optativos (máximo 6 creditos). Si se reúnen los requisitos se autorizará en el mismo proceso. En este caso podrás completar la optatividad realizando actividades susceptibles de reconocimiento de créditos CRAU.

La matrícula del TFG se llevará a cabo en los mismos plazos y de la misma forma que el resto de asignaturas de la titulación.

Realizada la presentación y defensa del TFG, los/las estudiantes serán calificados por el tribunal y/o tutor o tutora, solamente cuando hayan aprobado las restantes asignaturas del plan de estudios en ese curso académico o en el siguiente. En caso contrario, deberán proceder a una nueva matriculación, presentación y defensa del TFG.
Si una vez calificado el/la estudiante obtuviere la calificación de suspenso, procederá una nueva matriculación.

Estudiantes con TFG SUPERADO pero no finalizan estudios: Deben volver a matricularse en el TFG el siguiente curso; la calificación se guarda un curso académico. No pagan el importe de la asignatura.

Estudiantes con TFG No superado: 2ª matrícula pago del 25% del coste de primera matrícula; a partir de 3ª matrícula pago del importe correspondiente a 3ª matrícula.

De acuerdo con el calendario establecido por la Junta de Facultad, los/as estudiantes deberán entregar, a través de la herramienta informática GESTIÓN TF (https://tf.um.es), el TFG en formato PDF.

 

Más información sobre el TFG.

Asignatura optativa (6 créditos ECTS) de 4º del Grado en Matemáticas.

Al existir la posibilidad de realizar las prácticas en centros (colegios, institutos o unidades) que impliquen contacto habitual con menores, en Automatrícula podrás ejercitar tu derecho a no presentar la documentación acreditativa de Inexistencia de Antecedentes Penales por Delitos Sexuales. No obstante, en caso de oponerse a dicha comprobación deberás aportar el correspondiente certificado.

Más información.

Los estudiantes que durante el próximo curso van a estudiar en otra Universidad dentro de un programa de movilidad y, siempre que exista un informe del centro que señale que sea imprescindible, podrán solicitar que se les exima del cumplimiento de lo indicado en los apartados 2 y 3 del art. 4 del Reglamento de progresión y permanencia, para que se les permita dejar sin matricular más de 18 créditos de cursos anteriores.

Desde el curso 2022-2023 y, siempre que el acuerdo académico esté debidamente validado, será posible solicitar la exención del cumplimiento de esta normativa en el propio proceso de automatrícula.

Si no fuera posible solicitar dicha exención en automatrícula, habría que presentar una solicitud a través del Registro electrónico de la Universidad (presentación de instancia básica), indicando que, por motivos de movilidad,  se te exima del cumplimiento de este artículo de la norma, enviando una copia de tu compromiso de reconocimiento académico. En unos días recibirás en tu carpeta ciudadana  la resolución que te permitirá realizar la matrícula teniendo en cuenta las circunstancias excepcionales de movilidad para ese curso académico.

Por otro lado, cualquier cambio en tu compromiso académico, en tu matrícula o cualquier gestión que tengas que hacer en Secretaría una vez que estés en tu destino podrás hacerlo utilizando tu cuenta de correo UM y escribiendo a tu tutor de la Facultad y a secremate@um.es, siempre previo visto bueno del tutor.

Plazo de ampliación de matrícula. Curso 2022/2023: Del 10 al 29 de enero de 2024

Esta matrícula se realizará en el portal web https://automatricula.um.es.

La ampliación de matrícula podrá hacerse:

  • De aquellas asignaturas repetidas en las que se hubiera matriculado en cursos anteriores.
  • De un máximo de cinco asignaturas del segundo cuatrimestre cuando se trate de asignaturas matriculadas por primera vez.

 

Durante el plazo de automatrícula puedes modificar la matrícula tantas veces como sea necesario. Una vez finalizado dicho plazo, debes tener en cuenta lo previsto en las normas e instrucciones de matrícula.

BAJA DE MATRÍCULA. Puede solicitarse la baja total o parcial de matrícula hasta el 30 de septiembre del curso académico correspondiente con devolución del pago realizado, en su caso (a excepción del pago inicial en concepto de formalización de la matrícula por los precios públicos por servicios administrativos universitarios). Si has solicitado beca, debes renunciar previamente a la misma en la Sección de Becas de la Universidad de Murcia.

El/la estudiante que por una disposición normativa estuviera obligado a matricularse de un curso completo o de un determinado número de créditos sólo podrá realizar baja total de matrícula. En todo caso, los/las estudiantes a los que les sea de aplicación el Reglamento de Progresión y Permanencia de la Universidad de Murcia (matriculados por primera vez en un Título de Grado a partir del curso 2012/2013), deberán respetar el número mínimo y máximo de créditos a matricular, establecidos en el Reglamento de Progresión y Permanencia de la Universidad de Murcia.
No podrá concederse la baja de matrícula, total o parcial, que afecte a asignaturas ya evaluadas. La consideración de asignatura evaluada viene referida a la incorporación de la calificación al acta que se produce en el momento en el que el/la profesor/a inserta la calificación en la misma con independencia del estado del acta, es decir, si está abierta o cerrada.

Las solicitudes de baja total de matrícula se formalizarán en Mi Campus, siempre que se soliciten dentro de los plazos establecidos en las normas de matrícula. La solicitud de baja parcial de alguna/s asignatura/s se formalizará mediante presentación de instancia básica dirigida a la Facultad de Matemáticas en el Registro electrónico de la Universidad de Murcia.

ANULACIÓN DE MATRÍCULA. (Solicitud hasta el 16 de octubre mediante presentación de instancia básica dirigida a la Facultad de Matemáticas en el Registro electrónico de la Universidad de Murcia).

Lleva consigo la obligatoriedad de abonar el 50% de los derechos académicos correspondientes más los derechos administrativos. Si has solicitado beca, debes renunciar previamente a la misma en la Sección de Becas de la Universidad de Murcia.

La solicitud de beca debe presentarse a través de la página del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Quienes deseen solicitar beca deberán registrarse previamente en la siguiente página (si ya está registrado, no tiene que volver a registrarse, solo identificarse): (https://sede.educacion.gob.es). Una vez en la referida página, acceder a “Buscar Trámites” y en el Buscador indicar “becas y ayudas”. La beca, una vez grabada, se debe CONFIRMAR en la página del Ministerio para que pueda ser tramitada, de lo contrario quedará fuera de plazo.

Este curso el solicitante tiene que hacer su solicitud de beca en dos fases:

  • Primera fase: presentación de solicitudes entre los meses marzo y mayo. Una vez se crucen los datos con la Agencia Tributaria y el Catastro, el solicitante recibirá a finales de agosto la notificación.
  • Segunda fase: En la notificación recibida le indicarán los plazos que tiene para confirmar estudios y universidad donde desea realizarlos. Además, en ese momento podrá incorporar o modificar datos tales como el número del móvil, número de cuenta y los datos de la residencia durante el curso académico, en su caso.
Únicamente podrán presentarse solicitudes de beca después del plazo señalado y hasta el 31 de diciembre de 2023 en caso de fallecimiento del sustentador principal de la familia, o por jubilación forzosa del mismo que no se produzca por cumplir la edad reglamentaria ocurridos después de transcurrido dicho plazo.

Quienes hayan solicitado beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional, deberán (https://sede.educacion.gob.es), introducir el Número de Solicitud en la aplicación de automatrícula. En caso de ser requerido se deberá presentar en la Secretaría del Centro donde se matricule el resguardo de solicitud de beca.

Podrán formalizar su matrícula en la Universidad sin el previo pago de los precios públicos por servicios académicos, (excepto los precios correspondientes a gastos de secretaría), los estudiantes que soliciten beca de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional y reúnan los requisitos generales y académicos que, para cada caso, se exijan en la correspondiente convocatoria.

No obstante, si una vez emitida y comunicada la propuesta de resolución, ésta resultase negativa, los solicitantes vendrán obligados al abono del precio correspondiente a la matrícula que efectuaron. Su impago conllevará la anulación de dicha matrícula.

En Automatrícula, el estudiante debe marcar la opción de “Solicita beca” e incorporar el “número de solicitud”, a fin de vincular la beca a su matrícula. Si el sistema comprueba que cumple requisitos académicos, quedará con el tipo de matrícula de “becario”, de manera que no tendría, en su caso, que abonar el importe de matrícula (salvo los derechos de secretaría y las asignaturas matriculadas en segunda y sucesivas matrículas). En cualquier caso, todos los estudiantes deben conservar dicho PDF para acreditar, si fuese necesario, la presentación de la solicitud en plazo y forma establecidos.

REQUISITOS ACADÉMICOS (Para segundo curso y posteriores):

  • Para obtener sólo exención de precios públicos: Haber aprobado como mínimo el 65% de los créditos matriculados en el curso anterior (Enseñanzas Técnicas y Ciencias). También podrán acogerse a esta opción los estudiantes que se hubieran matriculado en régimen de MATRÍCULA PARCIAL en el último curso realizado y no hubieran superado el 100%. Los/las estudiantes que se hubieran matriculado en régimen de matrícula parcial en el último curso realizado y superen el 65% de los créditos (Ciencias y Enseñanzas Técnicas), podrán obtener la beca de matrícula como único componente.
  • Para obtener las Cuantías Fijas Renta y/o Residencia y Cuantía Variable y exención de precios públicos:
    • Enseñanzas Técnicas y Ciencias: Haber aprobado el 65% de los créditos matriculados en el curso anterior.
  • Para obtener Cuantía Fija por Excelencia de rendimiento académico: De 8 a 10 puntos, incluyendo las calificaciones de los créditos no superados, aplicando los siguientes coeficientes correctores: 1,17 para las calificaciones procedentes de estudios de Ingeniería, 1,11 para los de Ciencias. La matrícula tiene que ser completa.

Estos porcentajes se aplicarán siempre y cuando el solicitante haya matriculado el número mínimo de créditos de cada titulación. Si se matriculan de menos del mínimo,  y por tanto tienen matrícula parcial, para acceder a la totalidad de componentes de la beca habrán de aprobar siempre el cien por cien de los créditos en que hubieran estado matriculados.
Hay que tener en cuenta que habrá que cumplir el rendimiento académico entre las convocatorias de febrero, junio y septiembre, en su caso, y que los créditos convalidados, reconocidos o adaptados no se tendrán en cuenta para el cumplimiento de estos requisitos académicos.

MATRÍCULA PARCIAL

Para los estudiantes que no efectúen una matrícula completa y estén matriculados entre 30 y 59 créditos, existen las siguientes reglas:

  • Matrícula parcial: para aquellos alumnos que voluntariamente no se matriculen de la matrícula completa, podrán obtener beca de matrícula y cuantía variable mínima (60 €), debiendo aprobar el 100% de los créditos matriculados para obtener la ayuda que le corresponda. Para esta modalidad podrán obtener la beca de matrícula como único componente, los solicitantes de segundo y posteriores cursos que acrediten haber superado los porcentajes establecidos en el apartado “Para obtener sólo exención de precios públicos”.
  • Finalización de estudios: Por una sola vez, con el total de las ayudas.
  • Las/los estudiantes afectados de una discapacidad legalmente calificada de grado igual o superior al 65%, se pueden matricular del 50% de los créditos mínimos exigidos y obtener el 100% de la ayuda. Cuando no hagan uso de la matrícula reducida, la cuantía de la beca que les corresponda se incrementará en un 50%.

DOBLES TITULACIONES:

A quienes cursen dobles titulaciones les será de aplicación lo dispuesto anteriormente con las salvedades que se indican a continuación :

  • Número de créditos de matrícula: Deberán matricularse, como mínimo de los créditos que integren el curso completo conforme al plan de estudios establecido. Se considerará matrícula parcial, la que comprenda, al menos, la mitad de los créditos que integran la matrícula completa.
  • Rendimiento académico en el curso anterior: cuando las dos titulaciones cursadas no pertenezcan a la misma rama o área de conocimiento, el rendimiento académico necesario para la obtención de beca será el establecido para la rama de menor exigencia académica. En los casos de dobles titulaciones no será de aplicación lo dispuesto para los supuestos de excepcional rendimiento académico.
  • Duración de la condición de becario: Podrá disfrutarse de beca para cursar dobles titulaciones el número de años de que conste el plan de estudios. En el caso de que una o ambas titulaciones pertenezcan a la rama o área de arquitectura e ingeniería/enseñanzas técnicas, se podrá disfrutar de un año más.

REINTEGRO DE LA BECA CONCEDIDA:

Los estudiantes con beca concedida estarán obligados a reintegrar el importe de la misma en los siguientes supuestos:

  • Cuando no superen el 40 % de los créditos matriculados (ramas de Ciencias y de Enseñanzas Técnicas). Para el cálculo de este porcentaje se excluirán los créditos convalidados, reconocidos o adaptados. En caso de no superar los porcentajes de créditos establecidos se procederá al reintegro de todos los componentes de la beca, con excepción de la beca de matrícula.
  • Cuando el estudiante abandone de hecho los estudios.
  • Cuando la matrícula sea anulada de oficio por impago.

Convocatorias de becas

Solicitud de beca

Consulta el estado de tu beca del Ministerio

Real Decreto por el que se establecen los Umbrales de Renta y Patrimonio y las cuantías de las becas 2023-24 (Fecha publicación: 22-02-2023)

Notas de interés

Preguntas frecuentes

Más información sobre becas: https://www.um.es/web/estudios/becas

                                                 Web Ministerio

¿QUÉ DEBO HACER DESPUÉS DE FINALIZAR LA AUTOMATRÍCULA?

Revisa el resguardo de matrícula que se genera al finalizar la matrícula (también disponible en https://micampus.um.es -consulta de resguardo de matrícula): asignaturas matriculadas, precio, forma de pago (si no has domiciliado, recuerda imprimir el recibo y pagarlo en un plazo de 10 días. También puedes hacer el pago con tarjeta en GURUM) y si se han aplicado correctamente los descuentos y gratuidades, en su caso. Si tienes alguna duda contacta con Secretaría.