Ayudas a empresas

null Línea de ayudas directas a autónomos y empresas

solvencia

Objeto

Línea de ayudas directas a autónomos y empresas de la Región de Murcia, para el apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19, con el objetivo de pagar deudas contraídas por las empresas desde marzo de 2020 hasta 31 de mayo de 2021, como deudas con proveedores, acreedores, suministros, salarios, arrendamientos o reducción de la deuda financiera.

Beneficiarios 

Podrán ser beneficiarios autónomos y empresas que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria. 

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva

Requisitos

Los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitios, entre otros:

  1. Que estén adscritos a los sectores CNAE definidos en el Anexo I.
  2. Tienen deudas y pagos pendientes, y (en estimación directa) no presentaron pérdidas en el ejercicio 2019.
  3. Con domicilio fiscal en la Región de Murcia, con carácter general. En el caso de grupos, empresas o profesionales con volumen anual de operaciones superior a 10M € y con diferentes centros de trabajo en distintas CC.AA., podrán solicitar en cada territorio.
  4. Han tenido en 2020 una caída superior al 30% del volumen de operaciones anual, respecto de 2019. Este criterio no aplica a los contribuyentes en Estimación Objetiva (módulos).

Gastos subvencionables

Serán subvencionables los gastos que se destinen a la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores, incluidas las nóminas de los trabajadores, y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, siempre y cuando estos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.

Se priorizará como sigue:

  1. En primer lugar, el pago a proveedores/nóminas/acreedores comerciales, según su orden de antigüedad.
  2. La ayuda restante, en su caso, se destinará a satisfacer deuda bancaria, primando la que tenga aval público.

Características de la ayuda

La ayuda no podrá superar la deuda pendiente a 31 de mayo.

La ayuda máxima por beneficiario en régimen fiscal de estimación objetiva (módulos) será de 3.000 euros mientras que el resto de autónomos y empresas en régimen de estimación directa será mínimo de 4.000 euros y máximo de 200.000 euros. 

Cuantía de la ayuda

  • Empresas con un máximo de 10 empleados: el 40% del importe de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere el 30% exigido como requisito de entrada
  • Empresas con más de 10 empleados: El 20 % del importe de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere el 30% exigido como requisito de entrada.

Plazo de presentación de solicitudes 

Hasta las 23:59 horas del 28 de junio de 2021.

Más información

Bases Reguladoras 

Página web

Solicitud online