null Convocatoria de Ayudas Torres Quevedo para incorporación de doctores en empresas

Objetivo

La presente convocatoria tiene como objetivo la concesión de ayudas para la contratación laboral de doctores que desarrollen proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental o estudios de viabilidad previos en empresas, con el fin de favorecer la carrera profesional del personal investigador, así como estimular la demanda en el sector privado de personal suficientemente preparado para acometer planes y proyectos de I+D, y ayudar a la consolidación de empresas tecnológicas de reciente creación.

Beneficiarios

Podrán ser solicitantes y beneficiarias de las ayudas empresas, entre las que se incluyen las empresas «spin-off» y las JEIs, centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos.

Las ayudas deberán aplicarse para llevar a cabo actividades de I+D adicionales respecto de las que venga realizando la empresa, debiendo justificar en su solicitud la necesidad y el efecto de incentivación de la ayuda.

Cada entidad podrá presentar un máximo de 3 solicitudes, correspondiéndose cada una de ellas con un proyecto o actuación claramente distintos, y no deberán ser resultado de la fragmentación de otro proyecto o actuación. Además, en cada una de las solicitudes de una misma entidad la persona propuesta debe ser diferente.

El contrato deberá tener una duración de, al menos, tres años desde la fecha de inicio de cómputo de la ayuda y ser a jornada completa.

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva

Plazo de presentación

Del 31 de enero al 21 de febrero de 2023 a las 14:00 horas

Tipo de ayuda

Subvención

Presupuesto de la convocatoria

15.000.000 euros

Duración de las ayudas

Las ayudas tendrán una duración de tres años.

  1. Cuando la incorporación de la persona seleccionada al centro de trabajo se produzca con posterioridad a la fecha de publicación de la resolución de concesión, la fecha de inicio del cómputo de la ayuda será la fecha de incorporación de la persona a su centro de trabajo. La fecha de incorporación deberá estar comprendida dentro del plazo para la presentación de contratos.
  2. En el caso de que la persona seleccionada ya estuviera contratada por la entidad con anterioridad a la fecha de publicación de la resolución de concesión, la fecha de inicio del cómputo de la ayuda será la fecha en el que el contrato tenga carácter indefinido. Dicha situación deberá producirse, como fecha máxima, en la fecha de finalización del plazo de presentación de contratos, indicado en el artículo 27.1. (20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de concesión para presentar los contratos laborales).  Si el contrato ya tuviera carácter indefinido en la fecha de publicación de la resolución de concesión, la fecha de inicio del cómputo de la ayuda será el día siguiente al de publicación de la resolución de concesión, siempre y cuando las condiciones de contratación cumplan lo establecido en la resolución de concesión

Tipo de proyectos objeto de la ayuda

  • Proyectos de investigación industrial: proyectos orientados a la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.
  • Proyectos de desarrollo experimental: proyectos orientados a la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados.
  • Estudios de viabilidad: estudios destinados a la evaluación y análisis del potencial de un proyecto, con el objetivo de apoyar el proceso de toma de decisiones de forma objetiva y racional descubriendo sus puntos fuertes y débiles, y sus oportunidades y amenazas, así como de determinar los recursos necesarios para llevarlo a cabo y, en última instancia, sus perspectivas de éxito.

Requisitos de los candidatos

  1. Estar en posesión del grado de doctor en la fecha de presentación de la solicitud.
  2. El investigador no puede haber estado vinculado laboralmente con la entidad con la que solicita una ayuda de esta actuación ni con ninguna otra relacionada accionarial o socialmente con la misma entre el 17 de febrero de 2021 y el 23 de febrero de 2022, ambos inclusive.
  3. No podrá contar con una participación en el capital de la entidad que solicita la ayuda o de otra relacionada accionarial o socialmente con la misma que suponga una capacidad de control efectivo, directo o indirecto, de la entidad.
  4. No estar incluida como candidata en la solicitud de más de una entidad.

Se podrá solicitar una ayuda para personas ya contratadas por la entidad solicitante en el momento de presentar la solicitud a esta actuación, siempre que la contratación se haya realizado con posterioridad al 23 de febrero de 2022.

Conceptos financiados por las ayudas

Las ayudas se destinarán necesariamente a cofinanciar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de las personas contratadas durante cada una de las anualidades, consideradas independientemente.

El coste de contratación máximo financiable anual por ayuda por este concepto no podrá ser superior a 55.000 euros, sin perjuicio de que la retribución bruta que figure en el contrato pueda resultar en un gasto de contratación superior.

Solo serán financiables aquellos costes de contratación que resulten de retribuciones brutas anuales iguales o superiores a 25.350 euros.

En ningún caso la ayuda para la segunda y tercera anualidad podrá ser superior a la de la primera anualidad.

Intensidad de las ayudas

Las intensidades que se asignen a cada solicitud dependerán del tipo de proyecto y entidad, de acuerdo con las siguientes intensidades brutas máximas:

 

 

 

 

 

Proyecto o actuación

Intensidades brutas máximas de ayuda en forma de subvención a los beneficiarios

 

 

 

Pequeñas empresas

 

 

 

Medianas empresas

Grandes empresas; Centros tecnológicos; Centros de apoyo a la innovación; Asociaciones empresariales; Parques científicos y tecnológicos

Proyectos de investigación industrial

70%

60%

50%

Estudios de viabilidad

70%

60%

50%

Proyectos de desarrollo experimental

45%

35%

25%

 

Pago de la ayuda

El importe de las ayudas se pagará con carácter anual por anticipado a favor de las entidades beneficiarias, a las que se exime de la constitución de garantías.

El pago de la ayuda correspondiente a la primera anualidad del contrato se tramitará tras la presentación de los contratos. Los pagos de las ayudas correspondientes a la segunda y tercera anualidad del contrato se tramitarán a la finalización de la anualidad anterior. El pago de la tercera anualidad estará condicionado a la presentación previa de la justificación económica de la primera anualidad y a la presentación y valoración positiva del informe de seguimiento relativo a los 18 primeros meses de ayuda.

Criterios de evaluación de las solicitudes

  1. Calidad y viabilidad científico-tecnológica del proyecto de I+D propuesto (0-20 puntos).
  2. Trayectoria científico-técnica del candidato/a. (0-30 puntos)
  3. Impacto de la ayuda en la actividad de I+D+I de la entidad solicitante y sobre la empleabilidad del candidato (0-50 puntos).

Más información:

Ficha Resumen

Convocatoria