null Ayudas a actuaciones de fortalecimiento industrial del sector agroalimentario. Convocatoria 2023

Objeto y características de las ayudas

Estas ayudas, englobadas dentro del PERTE del sector agroalimentario, están destinadas a apoyar a proyectos tractores de mínimo 10 millones de euros de presupuesto. Un proyecto tractor se define como proyecto de carácter estratégico con gran capacidad de arrastre para el crecimiento económico, el empleo y la competitividad de la economía española. El objeto de este será impulsar la cadena de valor de la industria agroalimentaria en todos sus componentes de forma generalizada. Será obligatorio que dentro de un proyecto tractor se presenten todos los agentes pertenecientes a la industria manufacturera que sean necesarios para la producción y puesta en comercialización del producto al que estén enfocados, de forma que quede completamente representada la cadena de valor del subsector industrial al que representa.

Los proyectos tractores están integrados por proyectos primarios estructurados en torno a tres bloques, que reflejan los aspectos más importantes con vistas al futuro desarrollo de la industria agroalimentaria.

  • Competitividad.
  • Sostenibilidad.
  • Trazabilidad y seguridad alimentaria.

El proyecto tractor deberá incluir proyectos primarios que cubran el desarrollo y ejecución de actuaciones de un mínimo de dos de los tres bloques, debiendo ser uno de ellos el de trazabilidad y seguridad alimentaria.

Las entidades que integran la agrupación deberán llevar a cabo actuaciones a nivel individual, así como en cooperación. Las mismas se clasifican en actuaciones de carácter voluntario y actuaciones de carácter obligatorio.

En cada bloque se definen las actuaciones obligatorias y voluntarias a realizar:

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Plazo de solicitud

Desde el día 23 de enero de 2023 hasta el día 28 de febrero de 2023.

Presupuesto financiable

El presupuesto financiable mínimo por proyecto primario será de 100.000 euros, a excepción de aquellos proyectos primarios enmarcados en las siguientes actuaciones:

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Líneas de actuación

Cada proyecto primario habrá de encuadrarse en alguna de las siguientes líneas de actuación:

  • Línea de investigación, desarrollo e innovación: proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental y proyectos de innovación en materia de organización y procesos:
    • Proyectos de investigación industrial.
    • Proyectos de desarrollo experimental.
    • Proyectos de innovación en materia de organización.
    • Proyectos de innovación en materia de procesos.

En los proyectos de innovación en materia de procesos y organización realizados por grandes empresas se habrá de garantizar que las PYMES colaboren de forma efectiva en al menos el 30 % de los costes subvencionables, bien como subcontratistas en el caso de proyectos individuales, o bien como integrantes de un proyecto en colaboración.

  • Línea de innovación en sostenibilidad y eficiencia energética:
    • Inversiones con carácter innovador destinadas a la protección del medio Ambiente.
    • Inversiones con carácter innovador en medidas de ahorro energético o energías renovables, que permitan lograr un nivel más elevado de eficiencia energética en los procesos de producción de la entidad o sustitución de fuentes de energía fósil por renovable.

Todas las actuaciones subvencionadas garantizarán el respeto al principio de ´´no causar daño significativo´´ (Do not significant harm-DNSH)

Plazo de ejecución

El plazo de realización de las actuaciones será hasta el 30 de junio de 2025 y tendrán efecto incentivador.

Beneficiarios

  1. Agrupaciones de mínimo 4 entidades independientes entre sí, con al menos una gran empresa y un mínimo de 3 PYMES. Alternativamente también serán válidas aquellas agrupaciones constituidas únicamente por PYMES siempre que dos de ellas sean medianas empresas. El número máximo de participantes por agrupación no podrá exceder de sesenta entidades.
  2. Las agrupaciones podrán estar formadas por sociedades mercantiles privadas, sociedades cooperativas y sociedades agrarias de transformación (SAT) con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España con independencia de su forma jurídica y su tamaño.
  3. Las agrupaciones deberán reunir los siguientes requisitos:

- Las entidades que formen parte de la agrupación deberán de desarrollar alguna o varias de las actividades incluidas en el ANEXO I, y deberán de formar parte de la cadena de elaboración, manipulación o transformación de uno o varios productos agroalimentarios. Al menos el 75% del presupuesto del proyecto tractor presentado deberá imputarse a las actividades recogidas en alguna de los dos primeros puntos recogidos en el ANEXO I.

- Deberán tener implantación en un ámbito geográfico que abarque al menos a dos comunidades autónomas. Las actuaciones subcontratadas computarán a efectos del requisito de implantación territorial.

Conceptos de gasto subvencionables

Para los proyectos primarios enmarcados en la Línea de investigación, desarrollo e innovación

  • Costes de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar. El coste horario individual máximo financiable será de 60 euros, siendo el coste horario medio del proyecto de 45 euros como máximo.
  • Costes de amortización de instrumental y material inventariable. No superarán el 60% del presupuesto financiable del proyecto primario.
  • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas, así como cualquier otra colaboración externa necesaria en el proyecto.
  • Gastos generales: Para su cálculo se aplicará un porcentaje del 15% sobre los costes de personal.

Para los proyectos primarios enmarcados en la Línea de innovación en sostenibilidad y eficiencia

  • Aparatos y equipos de producción.
  • Edificación e instalaciones (máximo 40% del coste del proyecto).
  • Activos inmateriales: Transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados.
  • Colaboraciones externas.

La determinación de los costes financiables se realizará de la siguiente forma:

  1. º Cuando los costes de la inversión en protección medioambiental/eficiencia energética puedan identificarse en los costes totales de la inversión como inversión separada, estos costes relacionados con la protección medioambiental o la eficiencia energética serán subvencionables.
  2. º En todos los demás casos, los costes de la inversión en protección medioambiental o eficiencia energética se determinarán por referencia a una inversión similar, menos respetuosa con el medio ambiente o que implique menor eficiencia energética, que se habría podido realizar de forma creíble sin la ayuda. La diferencia entre los costes de ambas inversiones determinará el coste relacionado con la protección medioambiental o la eficiencia energética y será el coste financiable.

Se podrá subcontratar con terceros hasta el 70% de cada uno de los proyectos denominados primarios. Se deberán prever los mecanismos que aseguren que los subcontratistas cumplan con el principio de no causar daño significativo.

Tipo de Incentivo

Subvención a fondo perdido, préstamos o una combinación de ambos en régimen de concurrencia competitiva (a elegir por el solicitante). El cobro de la ayuda se realizará de manera anticipada, tras la concesión. Por ello de manera previa se requerirá la presentación de garantías tanto de la parte de subvención como de préstamo.

Características de los préstamos

  • Plazo de amortización: Diez años, con un plazo de carencia de tres años.
  • Tipo de interés de aplicación: 0%
  • Método de amortización: Las cuotas de amortización de principal serán anuales.

Los importes de garantía a constituir para cada tipología de ayuda son:

Garantías sobre la ayuda en subvención (salvo entidades de reciente creación que será del 100%):

  1. En el caso de que la ayuda total propuesta a una entidad represente un porcentaje mayor del 20% de la ayuda otorgada al proyecto tractor, el importe de las garantías será del 100 por ciento de la ayuda propuesta en cada uno de los proyectos primarios en los que participa.
  2. En el caso de que la ayuda total propuesta a una entidad represente un porcentaje mayor de un 10 % y menor o igual a un 20 %de la ayuda otorgada al proyecto tractor, el importe de las garantías será del 60 % de la ayuda propuesta, en cada uno de los proyectos primarios en los que participa.
  3. En el caso de que la ayuda total propuesta a una entidad represente un porcentaje menor o igual al 10 % de la ayuda total otorgada al proyecto tractor, el importe de las garantías será del 40 % de la ayuda propuesta, en cada uno de los proyectos primarios en los que participa.

Garantías sobre la ayuda en préstamo (salvo entidades de reciente creación que será del 41%):

  1. Si la calificación financiera de la entidad es de Satisfactoria, el importe de la garantía será del 20 % del importe del préstamo propuesto.
  2. Si la calificación financiera de la entidad es de Buena, el importe de la garantía será del 15 % del importe del préstamo propuesto.
  3. Si la calificación financiera de la entidad es de Excelente, el importe de la garantía será del 10 % del importe del préstamo propuesto.

Intensidad de las ayudas

  • Los límites e intensidades máximos de ayuda a conceder se calcularán para cada proyecto primario y entidad beneficiaria.
  • Para cada proyecto primario y entidad beneficiaria dentro de la agrupación, la financiación total a conceder, préstamo nominal más subvención, será como máximo del 80% sobre el presupuesto financiable.
  • El porcentaje mínimo del importe total a conceder (subvención más préstamo), en forma de préstamo, será el establecido en la siguiente tabla:

tabla 2

  • Para cada proyecto tractor, un mínimo del 30% de la ayuda total concedida deberá beneficiar a PYMES.
  • El importe máximo de ayuda para un mismo grupo empresarial en el conjunto de proyectos primarios y tractores en el que participe no podrá superar el 25% del presupuesto total establecido en la convocatoria.

Según los tipos de proyectos, las intensidades brutas máximas por proyecto primario y entidad beneficiaria serán las siguientes:


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La intensidad de la ayuda para los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental podrá aumentarse en un 15 % en casos de colaboración efectiva o en el caso de que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.

Bolsa Económica disponible

  • 310 millones de euros en forma de ubvenciones. 200 millones de euros en forma de préstamos.
  • Programa financiado por el Mecanismo de Recuperación y resiliencia.

Fuente y fecha de publicación

Boletín Oficial del Estado 29 de diciembre de 2022.

Boletín Oficial del Estado 1 de agosto de 2022.

 

Más información

Bases reguladoras

Convocatoria y modificación de bases

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