Peones

Peones , peon

-1268: "El peón con su açada e con su foçe aya por jornal al día ... tres sueldos de pepiones". (Cortes de León-Castª., I, Cortes de Jerez 1268, 77) M. C. Melendreras.
-1351: "Mando que todos los carpenteros et albanies et tapiadores et peones et obreros et obreras et jornaleros et los otros menesteriales que se suelen alogar, que salgan a las plazas de cada un lugar do son moradores et han acostunbrado de se alquilar, de cada dia en quebrando el alva, con sus ferramientas et su vianda, en manera que salgan de la villa , o del lugar para fazer las lavores a que se fueren alquilados en saliendo el sol, et que labren todo el día. Et salgan en tal tiempo de las dichas lavores, que lleguen a las villa o lugar onde fueren alquilados en poniéndose el sol". (Cortes León-Castª., II, Cortes Valladolid 1351, 76-77) L. Pascual.
-1351: "Otrosi tengo por bien et mando que todos los omes e mugeres baldíos que andodieren pediendo e mendigando, o labradores que han de labrar las lavores de las heredades del pan et del vino, et tapiadores et peones et jornaleros et mançebos et azemileros et alquiladores de las bestias et de las carretas, et mesagueros et quinteros et vinaderos et vendimiaderas et sarmentadores et sarmentadoras et pastores et vaquerizos et amas que criaren los fijos agenos et todos los otros serviçiales que ovieren a servir et labrar por alquiler o por soldada en qualquier manera, que guarden et tengan et cunplan todo estos que en este ordenamiento se contiene .. et no reçiban mayor preçio de como es dicho" (Cortes León-Castª., II, Valladolid 1351, 88) L. Pascual.
-1351: "Otrosi den a los albanies por su jornal a cada uno tres mrs. et el govierno acostunbrado; et a los tapiadores que les den de jornal a cada uno al día dos mrs. et medio et el govierno acostunbrado; et a los moços abezantes que les den a labrar todo el día, a cada uno dos mrs.; et a los peones que les sirvan todo el día, cada uno por su jornal, diez et seis dineros, e a las mugeres por los servir todo el día, a cada una por su jornal ocho dineros". (Cortes León-Castª., II, Valladolid 1351, 94) L. Pascual.
-1351: "Otrossi, que den a los peones por jornal por el dia a cada uno por podar et cavar et segar pan o fazer otras faziendas qualesquier, dos mrs. et seys dineros, et que non les den ningund govierno". (TORRES FONTES, Ordenamiento de precios, 287) Angel Luis Molina.
-1494: "Un peon con su capaço e un legón XXXI mrs." ... "Peón para limpiar la casa, XXV mrs.". (A.M.M. Actas Capitulares 1494-95, f. 88 v.) Angel Luis Molina.
-1496: Sueldo de los peones (soldados de a pié): "Otrosi, que montan el sueldo de los dichos çiento ochenta peones, a real cada día de los dichos mese ... trezientos e trinta e quatro mill e ochoçientos mrs.". (A.M.M. Actas Capitulares 1495-96, f. 107 r.) Angel Luis Molina.
-1504: 39 peones que traen las andas de la infanta, se les paga a real cada uno. (TORRE ed. Cuentas Gonzalo Baeza, II, 623) Miguel Gual.
-1573: "Acordaron que los jornales se paguen a como se pagaban ahora un año por este tiempo que es a real y medio los peones y a sesenta mrs. las bestias y a dos reales los costreros y tiradores y a tres reales los pisones y a cuatro reales los maestros" (A.M. Murcia, Act. Cap. 1573, fol. 133r.) Francisco Chacón.
-1584: "Atento el gran desorden que hay en los oficiales y maestros de albañiles... mandaron que ningún maestro del dicho oficio lleve más de cuatro reales por el trabajo de un día, ni el peón de tres, ni el manobre más de dos reales y medio" (A.M.M., Act. Cap. 1584, fol. 160r) Francisco Chacón.

Tipo: Oficios

La voz no ha sido modificada.

Referencias documentales de «Peones»

Fichas de la voz «Peones», extraídas del archivo del profesor Gual

Fichas de la voz «Peones», Fundación J. March

Fichas elaboradas por el equipo de investigación de la Beca de la Fundación Juan March y cuyo autor aparece en su parte inferior"