Rentas

Rentas

-1149: Alfonso VII concede a la catedral de Salamanca el diezmo de todas las rentas de Alba". (A.E.S., nº 7) S. Moreta
-1161: Alfonso VIII dona a la catedral de Segovia, "quartam partem omnium redituum Secopiensis civitatis, intus et extra ... in pratis, in sernis, in vineis, in ortis, in moneta, in tendis, in omicidiis, in tenariis, in carnaçariis, in molendinis, in quintis, in calubniis et in omnibus reditibus meis". (GONZALEZ, Alfonso VIII, II, 96, nº 53) J. M. Mínguez
-1169: Alfonso VIII concede a la orden de Calatrava , "ut si aliqui milites tres talegas in Calatrava fecerint, sint undecumque voluerint, omnem quintam vobis absque contrarietate aliqua tribuant". (GONZALEZ, Alfonso VIII, II, 198, nº 116) J. M. Mínguez
-1173: Alfonso VIII concede a la Orden de Santiago "computationem de stipendiis quecumque militibus vel aliis vasallis meis erogavero, scilicet, de quinquaginta aureis, duos et dimidium; et de centum, quinque; et deinceps secundum retionem huius computationis (5%). Et habeatis et possideatis hoc iure hereditario in perpetuum". (GONZALEZ, Alfonso VIII, II, 307-308) J. M. Mínguez
-1174: Alfonso VIII dona a la Orden de Calatrava "de omnibus redditibus ad regale fiscum pertinentibus, decimas integre iure hereditario habendas et posidendeas in perpetuum". (GONZALEZ, Alfonso VIII, II, 331, nº 200) J. M. Mínguez
-1192: Alfonso VIII concede al monasterio de Santa María de Aguilar el diezmo del portazgo y demás rentas reales en Aguilar a cambio de los collazos de su alfoz. (GONZALEZ, Alfonso VIII, III, 61, doc. 597) M. L. Guadalupe
-1192: Concesión al monasterio de San Juan de Burgos del diezmo de las rentas reales de Castro Urdiales, excepto el portazgo correspondiente a paños, armas y "querambre". (GONZALEZ, Alfonso VIII, III, 74, doc. 604) M. L. Guadalupe
-1195: Se conceden a la iglesia de Cuenca las rentas reales "uidelicet de portaticis, de laumpniis, de quintis, de agricultura, de uineis, de salinis, de molendinis, de ortis et de omnibus aliis que ... ad regem partinent exceptis petitionibus et fonsaderiis "de Cuenca, Huete, Valeria y Monteagudo. (GONZALEZ, Alfonso VIII, III, 147, doc. 647) M. L. Guadalupe
-S. XIII: "la persistencia en la acuñación de monedas bajo el protectorado castellano, es el resultado de la capitulación de Alcaraz de 1243. Soberanía de Castilla, cobró la mitad de la rentas reales y ocupación de las principales fortalezas del reino de Murcia por las fuerzas del príncipe don Alfonso de Castilla"- (TORRES FONTES, La ceca murciana de Alfonso X, 48) A. Peñafiel
-1206: Martín de Hinojosa en la donación que hace de la mitad de unos molinos al hospital de Santiago en Cuenca, calcula la renta de esta mitad en 15 aureos anuales. (A.H.N. OM. Uclés, c. 99, nº 16) P. Iradiel
-1208: Teresa Pérez y su marido Alvaro dan al obispo de Zamora cuanto poseen, a cambio de una renta anual de 80 mrs.; si muriera antes Teresa, Alvaro sólo recibiría 40, y si la mujer sobreviviera, seguiría recibiendo los 80 mrs. Este dinero lo recibirían en las tercias de Villaralbo y de "Fontes Pradas" si bastaran y si no lo supliría el obispo". (A.C.Z. leg. 17, d. 32) José Luis Martín
-1295: "E ponian omes que reçibiesen las rentas del obispado, e non labravan las vinnas". (Cortes León-Castª., I, Cortes de Valladolid 1295, 133) M. C. Melendreras
-1296: "E esto devia ella porque sabia que tal era el pleyto que avian puesto entre el infante D. Juan e D. Alonso, fijo del infante D. Fernando, que desque entrasen por la tierra fasiendo guerra que enbiasen desir a las villas e a las cibdades que non acogiesen al rey D. Fernando nin a ellos en ellas, nin les diesen las rentas nin les obedeciesen". (BENAVIDES, Memoerias Fernando IV, I, 24) M. G. Merino
-1297: "damos a vos e a la Iglesia de Snt. María de Tuy el nuestro patronazgo e las rentas e los derechos que nos habemos e haber debemos..." (BENAVIDES, Memoerias Fernando IV, II, 148) M. G. Merino
-1298: " e mando que del dia que yo finare fasta un anno que tomen la renta del forno dicho" ... "mando las tiendas que yo he al Alcudia; por la renta de ellas que canten misas..." ... "... e lieven azogue a escuso de aquellos que ... deben fecho de los pozos de Almaden e por esta razón pierden e menoscaba mucho la renta de los pozos". (BENAVIDES, Memorias Fernando IV, II, 174, 178) M. G. Merino
-1308: "... desque fueron todos ayuntados entraron en su ayuntamiento e cataron todas las rentas de los reynos por menudo e quien las tenía: e desque supieron quanto montava lo cierto, otrosi cataron todas las quantias que tenían los grandes omes e los infantes e los cavalleros e fallaron que montavan mucho mas las quantias que tenían de quanto montavan las rentas, e ovieron a dexar todos cada uno segund se estado de la quantia que tenían. (BENAVIDES, Memoerias Fernando IV, I, 206) M. G. Merino
-1308: "... Doña María fabló con estos omes buenos, e dixoles que pues ellos avian començado a tomar boz para endereçar el estado se la tierra que alguna otra avian de mostrar en que era mas menester: lo uno en saber las rentas del reyno quantas eran, e lo otro en las quantias que tenían los fijosdalgos que eran muy grandes, mas de quanto ellos solian tener en tiempo del rey D. Sancho". (BENAVIDES, Memorias Fernando IV, I, 204) M. G. Merino
-1310: "Que dedes, e fagades dar bien e coplidamente al obispo e al cabildo dicho o a los omes que y estudieren por ellos, el diezmo del almoxarifazgo, et de todas las cosas que y acaescieren en el regno dicho de Murcia, por mar e por tierra, de que yo deva haver mio derecho también del heno, como de las acemilas, también de las aventuras, como de las tafurerías e de las renda de Hellín, e de Molina e de rendas e de mondadgo e de todas las otras cosas que y vinieren, que lo ayan bien e cumplidementre sin embargo ninguno". (BENAVIDES, Memorias Fernando IV, II, 711) M. C. Melendreras
-1364: "Sepades que Martín Yánnez, mio thesorero mayor e mio alcalle mayor de Sevilla, me dixo que èl que levaba a Ferrand García, su omne, a algunas partes de mis regnos a recabdar muy grandes quantías de maravedís de las mis rentas e pechos e derechos e de otras cosas que son mio seviçio". (A.M.M. Act. Capitulares Era 1402, f. 82 v.) L. Pascual
-1367: "Otrosi a lo que nos dixeron que les fezieran entender que aviemos mandado arrendar a judios las debdas e albaquías que fincaron, que devien las çibdades e villas e logares de nuestros regnos, non declarando lo que devíen los nuestros arrendadorres e cogedores; et ..... nos pedian por merçed que .... lo mandásemos arrendar a christianos, quales la nuestra merçed fuese. A esto respondemos que verdat es que nos que mandamos arrendar la dicha renta a judios ... pero si algunos christianos quisieren tomar la dicha renta, nos ge la mandaremos dar por mucho menos de la quantía porque la tienen arrendada los judíos" (Cortes León-Castª., II, Burgos 1367, pet. 11, pag. 151) L. Pascual
-1367: "Et otrosí a lo que nos enviaron dezir que algunos de Toledo e de otras partes que han de dar a Toledo quantías çiertas de mr. de rentas que de Toledo arrendaron e les son obligados, et otrosi de otras cojechas que por Toledo cogieron, e en otras maneras desde que el rey don Alfonso nuestro padre ... finó hasta aquí; et que nos pedíen por merçet que mandasemos que pagasen a Toledo los mr. que le oviesen a dar de las dichas rentas e cojechas o en otra manera qualquier ... Respondemos que nos paze que los que algunos mr. deven e han a dar a Toledo de las rentas del su propio del tienpo pasado, que lo paguen a Toledo". (Cortes León-Castª., II, Cortes de Burgos 1367, pet. 18, pag. 161) L. Pascual
-1406: "Que pongades luego fieles en las dichas rentas de las dichas alcavalas segund es ...". (A.M.M. Act. Cap. año 1406, f. 154 v.) M. C. Melendreras
-1422: "Que mandase sennalar de cada anno una çierta quantia de mrs. de las mis rentas, para que se destribuyesen la lavor de los dichos castillos fronteros de tierra de moros e se labrasen cada anno". (Cortes León-Cast., III, Cortes de Ocaña 1422, 41-42) Angel Luis Molina
-1432: "Por quanto muchas çibdades e villas de mio regno tenian por propios las rentas de los tableros de los juegos de dados, e de aquello reparan los muros e cumplian otras cosas que les eran neçesarias, e yo les enbiara mandar a algunos de las tales çibdades e villas perdian las dichas rentas que tenían por propios e se veían en muchos menesteres, por mengua de aquello que les rentava ... Por ende me suplicávades e mandávades que mandase e ordenase que las dichas çibdades e villas pudiesen arrendar las dichas rentas de los dichos tableros, así e por la forma e manera que lo tenían por costumbre ... quel juego de los dados sea todavía defendido". (Cortes León-Castª., III, Cortes de Zamora de 1432, 140) Angel Luis Molina.
-1494: "Alonso Guitiérrez de Cavallería e vezino de la villa de Almagro, quedó por arrendador e recabdador mayor de las rentas del serviçio e montadgo de los ganados destos reybos de Castilla e de León". (A.M.M. Act. Capitulares 1494-95, f. 38 r.) Angel Luis Molina
-1494: Arrendamiento renta: "La renta del Almodin desta çibdad.. en treinta y çinco mill mrs. ". (A.M.M. Act. Capitulares 1494-95, f. 8 r.) Angel Luis Molina
-1494: Arrendamiento renta: "La renta de las ynpoçiciones de la hermandad ... en çiento e ochenta e dos mill e seteçientos mrs. ". (A.M.M. Act. Capitulares 1494-95, f. 9 r.) Angel Luis Molina
-1494: Arrendamiento renta: "La renta de la sisa e libras de la carne e del pescado ... en çiento veinte mill mrs. ". (A.M.M. Act. Capitulares 1494-95, f. 7 v.) Angel Luis Molina
-1494: Arrendamiento renta: "La renta de la vereda de los ganados ... en tres mill e quinientos mrs. ". (A.M.M. Act. Capitulares 1494-95, f. 11 r.) Angel Luis Molina
-1494: Arrendamiento renta: "La renta de la pescadería ... en veinti cuatro mill e setecientos mrs. ". (A.M.M. Act. Capitulares 1494-95, f. 10 r. y v. ) Angel Luis Molina
-1495: Arrendamiento renta: "La renta de la xaboneria ... en trez mill mrs. ". (A.M.M. Act. Capitulares 1494-95, f. 10 v - 11 r.) Angel Luis Molina
-1495: Arrendamiento renta: "La renta de la veedoría de la seda de este presente anno ... siete mill mrs.". (A.M.M. Act. Capitulares 1494-95, f. 12 r.) Angel Luis Molina
-1495: Arrendamiento renta: "La renta de las corredorias desta çibdad ... en diez mill mrs.". (A.M.M. Act. Capitulares, 1494-95, f. 11 r.-v.) Angel Luis Molina
-1495: Arrendamiento renta, "Las salinas de Sangonera ... de renta en cada un año ... çinco mill e dozientos mrs.". (AMM, Act. Capitulares 1494-95, f. 12 r.) Angel Luis Molina
-1495: Arrendamiento renta: "Las salinas de Sangonera ... de renta en cada año ... çinco mill e dozientos mrs.". (A.M.M.M. Act. Capitulares 1494-95, f. 12 r.) Angel Luis Molina
-1520: "Jaime Gómez, puso la renta de la xaboneria de dicho año ... en diez e siete. ill mrs.". (A.M.M. Act. Capitulares 1520, f. 188 r.) Francisco Chacón
-1557: "Que se den a Alonso Roldán dos mill mrs. que ganó en la renta del corretaxe de este año"... "Que Alonso Roldan a de pagar a Diego Algaçir çiento e onçe mill mrs. de la renta de corretaxe del año pasado de çincuenta e seis". (A.M.M. Act. Capitulares, 1557, f. 100 r.) Francisco Chacón
-1557: "Se mandó que la renta del pan y del vino que a esta çibdad esta dada por encabeçamiento a los veçinos, se reparta la cantidad que está cargada para la dicha renta este presente anno por raçón, conforme a los repartimientos de los annos pasados, e que se den luego los dichos repartimientos a los jurados de las parroquias para que los repartan entre los veçinos, e que el dinero que se cobre se de al corregidor". (A. M. M. Act. Capitulares 1557, f. 97 v.) Francisco Chacón
-1564: "Se platicó sobre la paga de los maravedís que esta çibdat deve del serviçio a su magestad del año pasado y ase acordó que la çibdat pague ... de rentas de alcavalas". (AMM, Act. Cap. 1564, f. 137 r.) Francisco Chacón
-1564: Se acordó e mandó que las rentas de propios se corran para esta presente anno". (A.M.M. Act. Capitulares 1564, f. 138 r.) Francisco Chacón
-1565: "Que el mayordomo pague los maravedís de las dichas dos provisiones, de los maravedís de las rentas reales, que están en su poder y de su cargo: que la una es de diez mill e sesenta y nueve maravedís y la otra de ocho mill e seteçientos y seis mrs.". (A.M.M. Act. Capitulares 1565, f. 85 r.) Francisco Chacón
-1566: ..."Y que si paresciere al Reino expresar dos o tres rentas de las que nuevamente se an creado". (A.M.M. Cortes Castilla, 11, Cortes de Madrid, 302) Francisco Chacón

Tipo: Derecho

La voz no ha sido modificada.

Referencias documentales de «Rentas»

Fichas de la voz «Rentas», extraídas del archivo del profesor Gual

Fichas de la voz «Rentas», Fundación J. March

Fichas elaboradas por el equipo de investigación de la Beca de la Fundación Juan March y cuyo autor aparece en su parte inferior"