Solariegos

Solariegos

-1348: "Ningun sennor que fuese de aldea o de solares e oviese solariegos, non les puede tomar el solar a ellos nin a sus fijos nin a sus nietos nin aquellos que de su generaçion venieren, pagándoles los solariegos aquello que deven pagar e su derecho". (Cortes León-Cast.ª., I, Cortes de Alcalá de Henares de 1348, 564) M. C. Melendreras.
-1351: "A lo que que me pidieron por merced que dizen que por la mortandad que acaesció, que muchos labradores é otras personas que enagenaron é enagenan muchas de las heredades pecheras que son de las sus behetrías e de los sus solariegos, dándolas a las yglesias e a algunos fijosdalgo é á algunos sus parientes clérigos, é faziendo dellas vendidas engannosas, ynfrutuosas é dándolas otrosí por capellanías, é aniversarios, é á cofradías é por tréyntanarios, é porende que pierden sus derechos, é que se les yerman los sus lugares é resciben en ello muy grande agravio, é que tenga por bien é mande que esto que non pase así de aquí adelante^ é que por lo pasado que les mande dar mis cartas porque lo cobren. (Cortes León-Castª., II, Valladolid 1351, p. 134) L. Pascual.
-1351: "A lo queme pidieron por merçed que tenga por bien que las sus heredades que son solarieras e behetrias e condados e ynfanzonadgos e cotos en que fue sienpre guardado fasta aquí, que non pasó a realengo nin a abbadengo, segund el hordenamiento de las Cortes de Nájara, que esto que sea asi guardado en lo pasado e en lo porvenir...". (Cortes León-Castª., II, Valladolid, pet. 20, 140) L. Pascual.
-1351: "A lo que me pidieron por merced porque dizen que algunos omes de villas é de hórdenes que compraron é compran heredades algunas de los sus solariegos e cotos , e que por esto que han perdido e pierden los sus tributos e derechos que dellos avian de aver, e que rey mio padre ... que puso plazo contra su fuero e contra su voluntad en que les fizo agravio, en los cual ellos dizen que non consistieron, en que mandó que estos atales que así conpraron, que lo vendiesen a los labradores fasta tres años, e si lo ansí no fizieresen que ge lo pudiesen entrar ... e que tenga por bien ... los entramientos que por esta razón han fecho e fezieren de aquí adelante, que mande a los mios merinos que les defiendan en ello... Respondo que tengo por bien que las heredades que ansí fueron conpradas, de que son pasados los tres años e las no vendieron a los labradores solariegos e de behetrias, que las puedan entrar e tomar para si segund que lo han de fuero". (Cortes León-Castª., II, Cortes de Valladolid, 136) L. Pascual.

Tipo: Clases Sociales

La voz no ha sido modificada.

Referencias documentales de «Solariegos»

Fichas de la voz «Solariegos», extraídas del archivo del profesor Gual

Fichas de la voz «Solariegos», Fundación J. March

Fichas elaboradas por el equipo de investigación de la Beca de la Fundación Juan March y cuyo autor aparece en su parte inferior"