Soldadas

Soldadas, soladas

-1293: "Que aquellos dineros que el oviese tomado de sus escusados o de la soldada del conceio onde fuere vezino". (Cortes León-Castª., I, Cortes de Valladolid 1293, 24) M. C. Melendreras
-1293: "Pero que puedan los notarios escrivanos que les ayuden a escrivir en sus noterias, e los conceios que les non den otras soldadas; e los notarios que contra esto pasaren que pierdan las noterias e que pechen doblado lo que levaren, demás aquellos de qui lo levaren". (Cortes León-Castª., I, Cortes de Valladolid 1293, 121) M. C. Melendreras
-1301: "Et el juyz de salario que non lieve la soldada si non por el tiempo que servir". (Cortes León-Castª., I, Cortes de Zamora 1301, 153) M. C. Melendreras
-1312: "Otrosi tengo por bien de aver un notario público en la mi corte, que escriva e signe las cartas públicas que ante el fueren mandadas fazer, e que fagan fe e valan en todos mios regnos e por todas partes por ó fuere ... E tengo por bien de dar por su soldada cada anno tres mil mrs.". (Cortes León-Castª., I, Cortes Valladolid 1312, 203) M. C. Melendreras.
-1312: "E porque estos alcaldes mejor e mas complidament me puedan servir, tengo por bien de dar a cada uno de ellos, por su soldada e por su quitación, seys mil mas. cada anno, e que los hayan en la mi chancilleria bien parados, cada mes mil mars." .... "Otrosi tengo por bien de dar a los escrivanos que tienen los registros, por su soldada cada anno dos mil mrs. " ... "Otrosi tengo por bien de aver un escrivano que escriva las cartas en latín, e que non libre otra carta ninguna sinon aquellas que yo mandar librar en latín, e tengo por bien de dar por su soldada cada anno,quatro mil mrs." ... "Otrosi tengo por bien de dar al mio alguazil ... cada anno por sus soldada mill e quinientos mrs. ..." ... "Otrosí tengo por bien de aver un alcalle de las alçades mayores de mi corte en Castilla e en Estremadura... e del dar cada anno por so soldada doçe mill mrs.". (Cortes León, Castª., I, Cortes de Valladolid 1312, 199, 203, 211, 215) M. C. Melendreras
-1315: "Et porque estos alcalles e escrivanos mas conplidamiente puedan servir los ofiçios, que ayan soladas e sus quitaçiones en la chançilleria". (Cortes León-Castª., I, Cortes de Burgos 1315, 19, 278) M. C. Melendreras
-1351: "Mando que todos los labradores et labradoras et personas que lo puedan et devan ganar ... que labren en las lavores de las heredades continuadamente et sirvan por soldadas et por jornales por los preçios adelante contenidos". (Cortes León-Castª., II, Cortes de Valladolid, 76) L. Pascual
-1369: "Mando que todos los labradores et labradoras et personas que lo puedan et devan ganar ... que labren en las lavores de las heredades continuadamente et sirvan por soldadas et por jornales por los preçios adelante contenidos: den al obrero e a la obrera por su jornal, desde el primero dia de noviembre fasta primero dia de março, por el dia al obrero tres mr., e a la obrera quinze dineros, e desde primero dia de março fasta primero dia de noviembre que den al obrero en jornal, por el dia para segar o para cavar o por la lavor qualquier quatro mr. e medio, e den a la obrera dos mr.; e den por todo el anno a la huebra de las azémilas, con su omne para senbrar o para arar, por dia diez mr.; e den a la carreta con sus bestias e con su omne para acarrear mies o huva, por el dia quinze mr. e para las otras carguerías que son de fuera del agosto e de la vendimia entre el anno diez mr.; e den a la azémila con su omne, en el tiempo del agosto que le den por jornal por el dia çinco mr.; e den a la bestia asnal con omne, en el dicho tienpo del agosto e de la vendimia, por jornal por el dia quatro mr., e en el otro tienpo del anno denle por jornal por el dia dos mr. e medio; e den a la mançeba en soldada por el anno por andar con un par de azémilas en camino o con carreta dozientos mr. e su govierno acostumbrado; e den al mançebo en soldada por el anno por andar con un par de asnos çiento e treinta mr. e con tres, çiento e çincuenta mr.; e den al mançebo en soldada por cavar o para fazer otra obra qualquier çiento e çincuenta mr. e su govierno acostunbrado; e den al azemilero que andudiere en palaçio con azémilas en soldada por el anno sesenta mr. e su calçado e su govierno acostunbrado; e den al quintero por el anno para su mantenençia, fuera de quinto, doze fanegas de pan, meitad de trigo e meitad de çenteno, e non más; e den al mesguero por segar los panes en el agosto de diez fanegas a una e non más, e que non cojan mesguero a pan destajado; e den al pastor por guardar ganado, en soldada por el anno doze fanegas de pan, meitad trigo e meitad çenteno, e para calçado treinta mr. e diez varas de sayal e quinze corderos". (Cortes León-Castª., II, Cortes de Toro 1369, 34, p. 174-175) L. Pascual
-1351: "Otrosi a los moços medianos para huertas al anno por su soldada çiento e çincuenta mr., et a los moços para servir la huerta a los menores, a cada uno por el anno sesenta mr. et los gobiernos acostunbrados. Et a los vinaderos den a cada uno por su soldada para guardar las vinnas la temporada del pago, a cada uno, sin govierno, a setenta mr.". (Cortes León-Castª., II, Cortes de Valladolid 1351, 94) L. Pascual

Tipo: Precios

La voz no ha sido modificada.

Referencias documentales de «Soldadas»

Fichas de la voz «Soldadas», extraídas del archivo del profesor Gual

Fichas de la voz «Soldadas», Fundación J. March

Fichas elaboradas por el equipo de investigación de la Beca de la Fundación Juan March y cuyo autor aparece en su parte inferior"