Villon

Villon . vellon: Moneda
-1377: "Otrosy tenemos por bien que ninguno non sea osado de sacar fuera de los nuestros reggnos oro ni plata, monedada" (BERMEJO, Dos ordenamientos Enrique II, 277)
-1480: "Proibimos e defendemos que persona ni personas algunas non sean osados de sacar ni saquen de aqui adelante oro ni plata ni villon, en pasta ni en moneda alguna, para fuera destos nuestros regnos de Castilla e de León, so pena que si el oro o plata o villón, fuere de dozientos e çincuenta exçelentes, o de quinientos castellanos abaxo, o de su estimacion, que por la primera ves aya perdido e pierda los bienes todos, osean la mitad para la nuestra cçamara, e la otra mitad se parta en dos partes, la una para el que lo acusere e la otra para el juez que lo juzgase o exsecutor que lo exsecutase; e por la segunda vez que muera por ello e pierda eso mismo todos sus bienes, o sean repartidos en la manera susodicha. E si sacase dozientos e çincuenta exçelentes, o quinientos castellanos, o su estimación, o dende arriba, que por ese mismo fecho muera por ello, e aya perdido e pierda todos sus bienes o sean repartidos en la manera susodicha" (CARANDE, Tumbo RRCC Sevilla, III, 46) López de Coca.

Tipo: Moneda

La voz no ha sido modificada.

Referencias documentales de «Villon»

Fichas de la voz «Villon», extraídas del archivo del profesor Gual