Alamin

Alamin, alhamin, alemin, alamines, alami, alamjn, alamjnes: Cast. "alamin". Síndico de un gremio, cuya misión era verificar los pesos y medidas, el pan, las obras en los edificios, incluso inspector de aguas, etc. Del ár. "amin". Institución musulmana que hereda la conquista cristiana y que con el paso del tiempo se convierten en recaudadores y a la vez en "jefes de oficio"

-Bibl.: Dic. Eguilaz que lo asimila a almotacén. DOZY lo describe como "fiel de quin confiamos". DCVB. doc. 1250. POTTIER doc. 1294.; CORRIENTE, Arabismos del catalán, v. alami, del ár. amin, fiable; secretario.; NDHE 1960-96, v. alamín, alamín, alhamín, alamí; alemín.(Del ár. al-amīn `el fiel, el síndico'.) m. Oficial que contrastaba las pesas y medidas y tasaba los víveres. También se llamó alcalde alamín., (2) juez de riegos y 3) Alarife que inspeccionaba las obras de arquitectura.; HINOJOSA, Dicc. Hª R. Valencia, v. alamí.; EGUILAZ, Glosario, v. alamí y alamin, que define como fiel de pesos y medidas.

-1106: Había dos para la cequia de Irués, procedente de Moncayo. "E deve ser el un alami por todos tiempos aquel cavallero que fuere seynor de Fuentes. E cada anno que'l den otro cavallero, por compaynero, de la ciudat de Taraçona". Tenían derecho a percibir la mitad de los 10 moravedís de "penas" impuestas por razón del aprovechamiento de dicha acequia. Se distinguen de los zabacequias de las localidades de la comarca. Véase "Riegos.Régimen" (Aragón, 1106) (LACARRA, Documentos, n. 101) A. Martín Duque.
-1106: "Carta del agua de Hyruese que yxe de Moncayo, como deve andar por vez e como andava en tiempo de moros, e como trobo en verdat don Fortun Aznarez por turnos de diversa duración, entre uno y once dias; un pueblo aprovechaba "una teylla del agua sobredicha cada dia", y a otro se le asignaba "la tercera part del agua". Todos ellos debían contribuir a limpiar "mondar" la acequia (cequia) en proporción a sus respectivos aprovechamientos ("como prende el agua"). Si no lo hacían y ocurría algún daño, perdían su parte en las agua y debían una "pena" de 100 mrs., los cuales se repartirían , por mitad, entre los zabacequias ("çavaçequias") de Tarazona y de los diez pueblos por un lado, y por otro, los alamís de la acequia en cuestión". (LACARRA, Documentos, n. 101) A. Martín Duque.
-S. XII: "Los patrones de estas medidas obrarán en poder del almotacén y del alamín o fiel contraste del gremio de pesadores, que es el más indicado para conservarlos y verificarlos (LEVI-PROVENÇAL, Sevilla s. XII, p. 125) C. Torres.
-1244: "Peregrin, alcalde, et Ponz d'Eslaua, et Mahoma alamin et alfaque de los moros" (CORDE, voz cit.) José Miguel Gual.
-1248: "Offiçio de los alcaldes que son dichos alamines que ponen sobre los menesteres, commo son puestos e commo husan en su offiçio: Custumbre es e uso de la çibdat de Seuilla que sobre cada uno de los menesteres de toda la uilla e sobre carniçeros e sobre candeleros e sobre ferreros e çapateros e sobre todos aquellos que algunas cosas labran o fazen labrar, e sobre todos aquellos que compran e uenden, de cada un mester son puestos dos omnes buenos, e de los mas sabidores d' el mester, e de los meiores que y sean, e de bona fama e de buen testimonio ; e a estos dizen alamines e judgan todas las querellas de los que ellos saben o pueden saber, por si o por otri, que no uenden lealment commo deuen, o no fazen leal huebra ; e son y puestos por el alcalde mayor de la çibdat, e juran en su poder que anden bien e lealmientre en aquell offiçio. Et quando es fallado alguno que falsa lauor faze o non uende como deue o faze alguna falssedat en su mester, deuen_ lo judgar commo es sobredicho e fazer_ lo saber al almotaçen ; e de si deuen fazer quemar aquella lauor, e auer la meatad de la calonna contenida en el libro d' el almotaçenadgo que dio el rey." (GONZALEZ ARCE, C. Orden. Sevilla, p. 115) José Miguel Gual.
-1250: Carta puebla Val de Uxó "Et que puguen fer alcadi et alami per se mateixos" (SALVA, Col. doc. ined. H.Esp, XVIII, p. 42-50)
-1313: "Otrosi que la sal de la salinas de Rusio e de Poza, que la non vendan los alamines nin otro ninguno a más del coto, dentro de los moiones, nin encierren sal dentro para lo vender a más del coto, así como siempre fue aforado" (Cortes Leon-Castª, I, Cortes de Burgos 1313, 38, p. 297) M. C. Melendreras.
-1505: "Otra tienda junto con la suso dicha, alinde de tierra de la Madraza, en que está Alonso za Adula, alamín de la especieria;" (VILLANUEVA, Habices, I, p. 30) Fuensanta López.
-1523: "... e el que quisiere vender la dicha seda o sacarla de una parte a otra, ala de traer por la forma susodicha al alcaiçeria a la sellar e en sellándola se la ande apreçiar e del tal apreçio a de pagar el diesmo y ha de hazer al alamín..." (BEJARANO, Indrutr. sedera Málaga, p. 224) López de Coca.

El NDHE 1960-96 aporta las siguientes referencias documentales, véase en este enlace

@ José Miguel Gual López.


Tipo: Instituciones

La voz ha sido modificada a fecha 2023-02-19.

Referencias documentales de «Alamin»

Fichas de la voz «Alamin», extraídas del archivo del profesor Gual

Fichas de la voz «Alamin», Fundación J. March

Fichas elaboradas por el equipo de investigación de la Beca de la Fundación Juan March y cuyo autor aparece en su parte inferior"