Calcina

Calcina, calsina, calçina, v. cal, algez: Castellano cal, catalán calç., o polvo de cal de los calafateadores , incluso mezcla de cal, grava y otros materiales, para forma los cimientos de las edificaciones. Además forma parte de algunas recetas medievales para tinte de pelo.

-Bibl.: DCECH, v. cal, que incluye calcina como derivado (1ª doc. 1454); VENY, Palalelismos, v. calciner derivado de calcina.; DCVB., v. calcina, que cita, "La batalla fo molt gran e fort de llances e de pedres e de calsina, Desclot Cròn., c. 113. Sobreposant calcina viua, doc. alguerès, a. 1588 (Arch. Glott. It. ix, 295).".; POTTIER, Lexique, v. cal (doc. calcina en 1471).

-1288: "E la batalla fo molt gran e forts, de llances, e de peres, e de calcina e de cairells* ... les galees dels proençals hagren despeses les llances, e les peres e la calcina, e meteren mans a gitar los boixs e els morters llur gitaven". (Crónica Desclot. LORCA, Les batalles, 50) José Miguel Gual.
-1318: Sentencia contra los labradores de Tafalla que deben realizar labores en el castillo, molino y palacio del rey, "et lauren con lures manos et carrien con lures bestias piedra, losa, madera, calcina et toda otra cosa que faga mester a las labores de reffazer et sostenerlas, segunt dicho es de suso; et que el rey compre o les de piedra, losa, fusta, madera, gisso, calcina et que faga todas otras missiones que sean mester a las dichas labores por reffazer et sostenerlas, segunt dicho es; et que eillos non sean tenidos d’aqui adellant, por ningun tiempo, de comprar con lures dineros piedra, losa, fusta, madera, gisso, calcina, nin logar maestros, nin puedan ser constreynidos a fazer otra cosa ninguna de mission nin expensa sobre eillos, sinon tan solament lo que sobredicho es, mas que vayan a las labores eillos con lures bestias, segunt dicho es de suso, por todos tiempos.". (RAMIREZ-HERRERIOS, Cartulario Magno de Navarra, 204) José Miguel Gual.
-1348: "Item, que almodí d'algnz, calcina, millero de tellyas et regolas et tras obras de tierra, de vidrio et de piedra: que non se vendan a más precio que en los tiempos passados..." (TILANDER, Fueros aragoneses de 1348, 25) Miguel Gual.
-1350: Cortes de Zaragoza, "XXXI Item, que almodi d’algenz, calcina, millero de tellyas et regolas, et otras obras de tierra, de vidrio et de piedra, que non se vendan a mas precio que en los tiempos passados solian valer, ante de la mortaldat, dius la pena sobredita.". (LAFUENTE ed., Cortes y parlamentos del reinado de Pedro IV, 157) José Miguel Gual.
-1351: '‘por dos rovos de calcina”, 2 sueldos (Pamplona, AIZPURUA, Peg. Capilla, núm. 609); sin embargo el robo de cal, 20 dineros carlines (ibid). José Miguel Gual.
-1357: "Es entencion empero del senyor rey, e haun quiere e manda, que’l dito obrero no convertesca los dineros que recibra sino en pagar los maestros qui faran las obras e el pertreyto, yes a saber aliepz, calçina e rajola e todas otras cosas que’s hayan a comprar a la obra, antes quiere el senyor rey e ordena que los hombres qui seran necesarios a las ditas obras, sean de la dita vila de Calatayud,". (LAFUENTE, Un reino en armas, 314) José Miguel Gual.
-1360: "et procurador de la orden de Santa Maria del Real, termino de Pedrola, quatorze solidos de dineros jaccenses, los quales dineros vos a mi dastes por razon de siet libras (?) de calcina que yo adux con mis bestias para´l fazer de las torres de Pedrola en el tiempo que se fecia; que costavan a razon de dos solidos por libras (?), los quales dineros vos a mi dastes por razon del servicio que yo fiz en el adozir la dita calcina.". (RODRIGUEZ LAJUSTICIA, Docts. monasterio Veruela, 432, doc. 209) José Miguel Gual.
-1447: "Item mas, que el concello sia tenido de darles amancomiento al pie \de la torre/, piedra e calcina e arena e fusta para andamios \e pora torno si necessario e de todas otras cosas/.". (ABELLA, Selección docts. de Sos, 72, doc. 38) José Miguel Gual.
-1448: El concejo de Sos acuerda donar el horno de la calcina, "Primerament que nos, dictos Justicia, jurados, si quiere el dito concello, daremos a vos, dito Sancho, pora cremar el dito forno toda la lenya que pora cremar aquel sera necessario al piet del forno. Item, vos daremos piedra pora cremar en el forno \tal como la demandarez/ e encara pora parar los arcos de aquel, toda al piet del forno, e encara vos daremos piedra las parents del forno. Item mas, vos daremos pora cremar o limpiar el dito forno VIII°peones. Item, por cremar el dito forno vos daremos trezientos e diez sueldos, toda vegada qu’el dito forno sera cremado en la forma devida. Et yo, dito Sancho, el dito forno con las ditas condiciones recibo e prometo e me obligo cremar el dito forno si quiere fazer la dicta calcina d’aqui al domingo de quasi modo \primero vinient/, buena e el forno bien cremado a conoscimiento de maestros.". (ABELLA, Selección docts. de Sos, 76, doc. 42)
-1460: Confirmación y ampliación de los privilegios de la feria de Pamplona por Juan I de Navarra, "que qualquiere persona de qualquiere estado, grado, ley et condiçion sea que a la dicha çiudat fuere en qualquiere tiempo con prouissiones de pan, vino, carne, fruta, fusta, lenna, carbon, yeso, calçina, huuas, çera, miel, sal et otras qualesq uiere prouissiones para la vida et mantenimiento de los hombres neçesarias non pueda ser arrestrada, detenida et en otra qualq uiere manera enpachada" (CIERBIDE-RAMOS, Doc. medieval arch mun. de Pamplona, 275) José Miguel Gual.

@ José Miguel Gual López.

Tipo: Productos comerciales

La voz ha sido modificada a fecha 2023-07-16.

Referencias documentales de «Calcina»

Fichas de la voz «Calcina», extraídas del archivo del profesor Gual

Fichas de la voz «Calcina», Fundación J. March

Fichas elaboradas por el equipo de investigación de la Beca de la Fundación Juan March y cuyo autor aparece en su parte inferior"