Martiniega

Martiniega, martina: Tributo que pagaba cada fuego (casa), bien al rey o al señor de la tierra. Se pagaba en San Martín y de ahí su nombre y se denominaba marzadga cuando tributaba en marzo. Otros nombres véase infurción.

-v. CEJADOR, Vocabulario, v. martiniega, martina; POTTIER, Inventaires, v. martin, martiniega. (doc. 1253); ALONSO, Dicc. medieval, v. c. (doc. s. XIII, Alfonso X).; BARTHE, Prontuario, v. c.

-1258: "Otrosí de las marçadgas e de las martiniegas, si los cogedores non pagaren los maravedís después que fueren echados fata tres meses, a aquellos que los deven aver, que los den doblados". (Cortes León-Castª., I, Cortes de Valladolid 1258, 56) M. C. Melendreras.
-1262: Alfonso X comunica a los cogedores de la martiniega en el obispado de Zamora y tierra de Aliste, que quienes tienen heredades en las villas y en los abadengos de la iglesia de Zamora, tienen que pagar la martiniega al obispo e iglesia, aunque vivan la mayor parte del año en lugares de realengo. (A.C.Z., leg. 14, d. 11) -1352: En Olivares no hay cabeza de martiniega porque pagan fumadga al abad de Valladolid. (Becerro de la Behetrías, f. 15) S. Moreta.
-1264-74: Alfonso X ordena a los cogedores de las fonsaderas y martiniegas de Zamora, Toro y Ledesma, que no las cobren a los vasallos de la iglesia de Zamora que nunca las pagaron. La martiniega se paga cada año. (A.C.Z., leg. 10, d. 21) J. L. Martín.
-1265: Alfonso X ordena a los cogedores de la martiniega que no cobren más a los vasallos del obispo de Zamora y que respeten sus derechos. (A.C.Z., leg. 9, d. 20 a) J. L. Martín.
-1285: "Et que les diera por ellas en cambio cierta quantía de maravedís cada año, en esta guisa: en la martiniega de Logroño, quatrocientos maravedís de la buena moneda, et en la martiniega de Calahorra doscientos maravedís de la buena moneda". (Real privilegio a la catedral de Calahorra. GAIBROIS, Sancho IV, III, doc. 52) L. Dapena.
-1285: Sancho IV arrienda a Abraham el Barchilon la percepción de monedas, martiniegas, pedidos, servicios y "almoxerifagos", y todas las rentas y pechos reales. (UBIETO, Col. dipl. de Cuéllar, 83) P. Iradiel.
-1286: Real carta la monsterio de Santa María de Barrios de Ávila. "Dóles la martiniega y los servicios y todos los otros pechos y derechos que yo he y devo haber en los vasallos de Yios y de Santa Cruz de Monteio, que lo tenga libre y quito para siempre jamás".(GAIBROIS, Sancho IV, doc. 119) L. Dapena.
-1289: "Non tomedes non embarguedes la martiniega de las aldeas del onor de Villarmazerefe ... Et mando a cualquier de los notarios de y de la villa, que de al conçeio una carta de presentaçión en como cumplides esta mia et del personero a que oviedes de enviar ante mi". (GAIBROIS, Sancho IV, III, doc. 237) L. Dapena.
-1293: "Dámosle el portazgo et la martiniega et las calonnas et los omellizos et las aventuras et todos los otros derechos de Cabeçon, que es cerca de Valladolid, et la açenna de moler, que nos y avemos en este logar" (GAIBROIS, Sancho IV, III, doc. 476) L. Dapena.
-1295: "Toviemos por bien que oviesen cadanno un texedor que les texiese sus pannos para vestir, si quier moro si quier cristiano, que ellas quisiesen, que sea escusado de todo pecho et de todo pedido et de todo serviçio et de fonsado et de fonsadera et de yantar et de martiniega et de todos los otros pechos quales quier que sean, salvo de moneda forera de siete en siete annos, ey de la sisa. Otrosi mandamos et tenemos por bien ... de que ayan un manpostero que razone sus pleitos et que recabde sus cosas. Et un çapatero que les fagan zapatas que calçen. Et un matordomo que les vea sus ganados et que les sean guardados... Et mandamos a los facedores de los padrones que non les mentan en los pechos et a los cogedores, que les non peindren nin los afinquen por ello. (Real carta a Santo Domingo de Madrid, 1295. GAIBROIS, Sancho IV, III, doc. 591) L. Dapena.
-1295: Carta de hermandad que los Concejos del reino de León y de Galicia hicieron en las Cortes de Valladolid. "Martiniega du la solien dar de fuero et de derecho en tiempo del rey Alfonso que venció la batalla de Mérida et el del Rey d. fernando so fijo".- (BENAVIDES, Memorias Fernando IV, II, 8, doc. IV) G. M. Merino.
-1296: "E luego otro dia fabló con ellos en rasón de les rentas de los judios e de los moros que le avian tomado e que felas desembargasen, que quanto la martiniega e de los otros pechos foreros que avian a dar los cristianos non quería en ello fablar, por que non gelo querian dar". (BENAVIDES, Memorias Fernando IV, I, 24) G. M. Merino.
-1299: "et mando por esta mi carta a qualesquier que haia de cojer por mi esta martiniega en este logar...". (BENAVIDES, Memorias Fernando IV, II, 197) G. M. Merino.
-1304: "... e el rey diole en Segovia los servicios por doscientas veces mil maravedís, e la martiniega con el portazgo e los derechos por trinta mil mrs...." (BENAVIDES, Memorias Fernado IV, I, 126) G. M. Merino.
-1312: "Otrosí a lo que me pidieron que los cavalleros e los omes buenos de Castiella e de León, que non paguen pecho ninguno sino allí ende son moradores por algo que ayan en otro logar. Otórgoles esta petiçion, salvo en Castiella la martiniega". (Cortes León-Castª., I, Cortes de Valladolid 1312, 218) M. C. Melendreras.
-1350-1366: Los de Torre Lobatón en el obispado de Palencia "en la martiniega que non pagan vega nin quintaniella". (Becerro de las Behetrías, f. 19) S. Moreta
-1352: Los de Bellosillo "non pagavan al Rey martiniega mas que marzadga a su señor en esta maña (manera?) el que ha sesenta marabedís en mueble paga .vj. mrs. el que ha .XXX. mrs. paga iij. mrs." ... Los de Hamusco de Valdesgueva "non pagavan al Rey martiniega mas que pagan al maestre de Calatrava de cada año por ella CCC. mrs." ... Los de Villaneva de Gozalo Garcia "an vaueza de martiniega con los de Ualuerde porque non an término, salvo el de Castroverde" ... Castroverde de Cerrato "ha cabeza en la martiniega este logar e sus aldeas las sobre dichas CXXX. mrs. e danlos al maestre de Santiago porque lo han por preuillejo" ... Los de Piniel de Suso "non pagan martiniega al Rey porque la dan al maestre" de Santiago. (Becerro Behetrías, f. 1, 2) S. Moreta.
-1352: En Olivares no hay cabeza de martiniega porque pagan fumadga al abad de Valladolid. (Becerro de la Behetrías, f. 15) S. Moreta.
-1369: Enrique II ordena que los pecheros de Cuellar paguen en adelante sólo 8.000 mrs. de martiniega en vez de los 12.000 que pagaban en tiempos de Pedro I. (UBIETO, Col. dipl. de Cuéllar, 233) P. Iradiel.
@ José Miguel Gual López

Tipo: Impuestos

La voz no ha sido modificada.

Fichas de la voz «Martiniega», Fundación J. March

Fichas elaboradas por el equipo de investigación de la Beca de la Fundación Juan March y cuyo autor aparece en su parte inferior"