Neguilla
Neguilla
-1491: "... e siendo obligados de dar e pagar el dicho pan linpio e seco e enxuto e bueno, les dan en pago pan mojado e buelto con paja e con polvo, e con piedras, e con tamo e arena e neguilla e con algunas cosas dello, maliçiosamente e a sabiendas ...". (Los RRCC penalizan a los recaudadores del pan de los diezmos eclesiásticos y tercias reales, que lo entreguen adulterado de diversas formas. CARANDE, Tumbo RRCC, V, 260) López de Coca.
La voz no ha sido modificada.