Puerto

Puerto

-1351: "E los lugares délos puertos déla mar e déla tierra do han de dezmar et otrosi do han de estar las guardas son estos. En la tierra : el puerto de Dulagote ' , e la guarda deste puerto ssea en Sant Esteuan del puerto. Et el otro puerto en Moya, e la guarda del ssea en Cannete e en Cuenca. Et el otro puerto en Cuenca , et la guarda ssea en Huepte. E en Veteta ssea el otro puerto 6 diezmo menudo e guarda. E el otro puerto e diezmo ssea en Molina, e las ssus guardas ssean en Muranclio ' e Guadalharo. E el otro puerto e diezmo sea en Medina , e la guarda ssea en Seguenca e en Alcalá. E el otro puerto e diezmo sea en Deca, e las guardas sean en Monteagudo e en Almança. Et el otro puerto e diezmo menudo sea en Serón, e la guarda en Almança e en Gomara, et en Gomara diezmo menudo del lugar. Et en Soria ssea puerto e diezmo , et las guardas en San Leo- narde e Uzero. Et en Agreda ssea puerto e diezmo, e la guarda ssea en Soria e en Gomara. Et en Çeruera diezmo menudo, e la guarda en Soria. Et el otro puerto e diezmo ssea en Alfaro, e la guarda ssea en Calahurra. E en Calahurra diezmo menudo, e la guarda sea en Logrono. E en Logroño puerto e diezmo, e la guarda ssea en Najare e en Haro e en Vilhorado. Los puertos déla mar Pancoruo, ssus guardas Biruiessa. Castro de Dordiales , su guarda en Medina e Ffrias e Onna. Laredo, estas guardas mismas de Castro. Ssan Vicente déla Barquera estas guardas mismas. Vitoria , sus guardas en Miranda de Ebro e Treuino e Sancta Cruz. Guitaria, su guarda Mondragon e Saluatierra. Sant Sebastian, .sus guardas Tolossa e estas mismas. Et Motrico , sus guardas Segouia e estas mismas. Santander , su guarda Pie de Concha e Aguilar de Canpó.". (Cortes León-Catsª., II, Cortes de Valladolid 1351, 11) Miguel Gual.
-1381: v. villas cercadas, exención de tributos.
-1448: v. ferre, descarregar.
-1448: v. coure, descarregar
-1490: "Sepades que Fernand Garçía, guantero, vezino de la dicha çibdad, fue asentado e conçertado que de toda la corambre que oviese en la dicha çibdad, de las carnes que en ella se matasen, que fuesen obligados de dar su parte a cada uno, repartiéndola entresy por igual parte... E quel enbía a las yslas de Canaria, e a Galizia, e a las villas de Santlucar e al Puerto e a otras partes, a conprar corambres para su ofiçio, e que los ofiçiales de la dicha çibdad le quieren apremiar a que les de parte dello, no estando lo tal en la dicha escriptura..." (CARANDE, Tumbo RRCC Sevilla, V, 137) López de Coca

Tipo: Mercado

La voz no ha sido modificada.

Fichas de la voz «Puerto», Fundación J. March

Fichas elaboradas por el equipo de investigación de la Beca de la Fundación Juan March y cuyo autor aparece en su parte inferior"