Sisa

Sisa, çisa, v. cisa: Impuesto municipal sobre la venta, elaboración e intercambio de comestibles al por menor, en especial sobre el vino, la carne, sal y el pan, este impuesto era una regalía real y por tanto debía ser concedido por el rey con motivo de una necesidad concejil (carestía, cumplir una orden real, rotura de murallas, infraestructuras, etc.) y siempre con carácter temporal, pero con el tiempo se consolidan y las cisa medieval la vemos en el XVI y XVII en Orihuela , por ejemplo. Su extensión es tanto por el reino Castellano como por el aragonés y la vemos en el navarro en el s. XIV.

-1295: " ... que agraviava toda la tierra, e acordó con ellos que lo quitase el rey, e luego a la hora les enbió sus cartas por todo el reyno de como el rey D. Sancho era muerto e que tomaran por rey a D. Fernando, su fijo, e que les otorgava sus fueros e que les quitava la sisa. " ... "... e mostroles el estado de la tierra, señaladamente en un pecho que les echara el rey D. Sancho que desian sisa" (BENAVIDES, Memorias de Fernando IV, I, 3) G. M. Merino.
-1295: "... et después demandando sisa et otros pechos que eran sin razón et sien derecho et contra nuestros fueros et franquesas et usos et libertades et costumbres et privillegios et cartas ... ". (BENAVIDES, Memorias Fernando IV, II, 8, doc. IV)) G. M. Merino.
-1295: "Toviemos por bien que oviesen cadanno un texedor que les texiese sus pannos para vestir, si quier moro si quier cristiano, que ellas quisiesen, que sea escusado de todo pecho et de todo pedido et de todo serviçio et de fonsado et de fonsadera et de yantar et de martiniega et de todos los otros pechos quales quier que sean, salvo de moneda forera de siete en siete annos, ey de la sisa. Otrosi mandamos et tenemos por bien ... de que ayan un manpostero que razone sus pleitos et que recabde sus cosas. Et un çapatero que les fagan zapatas que calçen. Et un matordomo que les vea sus ganados et que les sean guardados... Et mandamos a los facedores de los padrones que non les mentan en los pechos et a los cogedores, que les non peindren nin los afinquen por ello." ... Sisa de Buitrago, "Et cogieron de mill mrs., diez mrs.; de çient un mrs. ... Montó la sisa el mes primero, CLXXXXIIII mrs. e medio; montó otra semana ... LIIII mrs. VIIII s.; montó otra semana... LVI mr. medio et un noven; montí la otra semana LIIII mr. mas II mr. et III s. medio; montó la otra semana ... LXXXXII mr. medio terçia; montó la otra semana ... LXXXX VII mr. medio, un noven". (GAIBROIS, Sancho IV, III, doc. 591, 592) L. Dapena.
-1297: "... e mandamos que aquellos que cogieron los servicios o la sisa o otros pechos ... que nos den cuenta". (BENAVIDES, Memorias Fernando IV, II, 133) G. M. Merino.
-1302: "E si alguno de los que cogieron la sisa fueron finados al tiempo que les demandares esta cuenta de la sisa, que sus mugeres nin sus herederos no sean tenudos de dar esta cuenta". (Cortes León-Castª., I, Cortes de Medina del Campo 1302, 163) L. Pascual.
-1331: "Pero por est renunciamiento et reuocamiento et obligacion que nos facemos, segunt dito yes, no entendemos preiudicar nj renunciar anos que ordenar non podamos, en otra manera que non sea por manera de sisa, sobre nuestras cabecas et nuestros bienes seyentes et mouientes tan solament, conque nos no hordenemos nj podamos ordenar alguna cosa sobre enpriestemos nj vino nj carne nuestros nj encara en otras mercaderjas et bienes que se uendran o se auran de uender o comprar, nj en qualquiere otra manera nj en otros casos que directament o jndirectament puedan conprender los cristianos et estender se adaquellos." (TILANDER, Docts. aljama Zaragoza, 395) Miguel Gual.
-1355: Carlos II de Navarra revoca y anula "las ordenanças en nuestro regno clamadas çisa sobre precio de la vitayllas et empleitas et assi bien sobre los jornales et logueros de los labradores et menestrales". (FUENTES, Catálogo Arch. Mun. Tudela, 99) J. Zabalo.
-1364: "Que los arrendadores que prenden a todos aquellos que los siseros les mostrares que devieren alguna cosa de la sisa". (A.M.M., Act. Cap. Era 1402, f. 14 v.) L. Pascual.
-1364: "qualesquier carniçerias que matasen vacas en la carniçerias de la dicha çibdat, an de pagar por cada cabeça que matasen dezinueve mrs. e dos dineros de sisa". (A.M.M. Actas Cap. Era 1402, f. 66 r. ) L. Pascual.
-1407: Carlos III de Navarra dispensa a los vecinos de Tudela del pago de la sisa del vino por tiempo de 3 años. (FUENTES, Catálogo Arch. Mun. Tudela, 147) J. Zabalo.
-1425: "Por quanto muchas vezes acaesçia que los mis subditos e naturales de los mis regnos ivan al regno de Portugal con algunas mercadorias, e que en el primero logar del dicho regno de Portugal les fazian pagar de diezma o sisa, de çinco cosas una, e así mesmo les fazian otros desaguisados muchos". (Cortes León-Castª., III, Cortes de Palenzuela 1425, 77) Angel Luis Molina.
-1491: "la presencia en Murcia de Fernando de Herrera está atestiguada ya en este año, cuando el día 2 de julio compareció ante el municipio "el bachiller de la gramática", Solicitando de los regidores que los 1000 maravedís que tenía acrecentados a su salario y que se le abonaban de la renta de la sisa, se le pusieran por salvados, Con objeto de asegurar su inmediato cobro". (TORRES FONTES, Estampas de la vida en Murcia, II, 42) A. Peñafiel.
-1542: Sisa impuesta sobre los mantenimientos de Villa Rodrigo para el servicio ordinario, "de cada arroba de queso ocho mrs.". (A.R.Ch.Gr., S. 3º L 265 -1-) E. Lapresa.
-1569: "En el pescado fresco e salado e sardinas, un maravedí de sisa cada una libra". (A.M.M. Act. Cap. 1569, f. 225 r.) Francisco Chacón.

@ José Miguel Gual López

Tipo: Impuestos

La voz no ha sido modificada.

Fichas de la voz «Sisa», Fundación J. March

Fichas elaboradas por el equipo de investigación de la Beca de la Fundación Juan March y cuyo autor aparece en su parte inferior"