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Inicial
Personal
Unidad
de Meta-analisis
Laboratorio
de Pruebas Psicológicas
Unidad
de Diagnóstico Clínico
Sala
de Observación Conductual
Sala
de Audición y Video
Sala
de Experimentación Humana
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El Servicio Universitario de
Instrumentación Psicológica (S.I.P.) es un Servicio General de la
Universidad de Murcia, integrado en el Servicio de Apoyo a las
Ciencias Experimentales (S.A.C.E.) y ubicado en el Edificio SACE del Campus
de Espinardo. |
Normas
generales de utilización de los equipos e instalaciones.
- Según figura en el reglamento de los
SACE la plantilla del personal técnico será la encargada del
funcionamiento habitual de la instrumentación y solo cuando sea
insuficiente para atender la demanda de prestaciones o en función
de características muy especiales del servicio requerido, se
contemplará la posibilidad de que los usuarios accedan
directamente al manejo de los equipos. Estos usuarios deberán
solicitar autorización al Director Técnico, quien lo pondrá en
conocimiento del Consejo Rector.
- El horario actual es de 9 de la mañana
a 8 de la tarde, permitiendose el acceso fuera de este horario únicamente
al usuario autorizado.
- Las tarifas de utilización de los
distintos equipos serán propuestas, según el art. 15 del
reglamento de los SACE, por el Consejo Rector del SIP, existiendo
tres tipos de tarifas:
- Para miembros de la Universidad de
Murcia, salvo las actividades relacionadas con empresas
privadas, a las que se aplicará la tarifa b.
- Para otros organismos públicos y
Centros oficiales.
- Para empresas privadas y a
particulares.
- Las tarifas del grupo A no excederán
en ningún caso de los gastos ordinarios anuales ocasionados por
el uso de los equipos.
- Los encargos recibidos serán
reflejados secuencialmente en un libro de registro, específico
por equipo, recogiendose la fecha de recepción y Departamento o
Grupo investigador usuario. Según la técnica utilizada se anotará
número de análisis, tiempo de utilización o ambos datos.
- Cuando sean los mismos usuarios
quienes realicen los análisis deberán cumplir igualmente las
normas establecidas en el artículo anterior.
- La asignación de trabajos al personal
de plantilla tendrá en cuenta, tanto la demanda relativa de
trabajo de cada instrumento, como la adecuación del personal a
cada aparato.
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