Admisión por estudios extranjeros parciales o totales

Requisitos

 

  • Podrán solicitar su admisión aquellos estudiantes con estudios universitarios extranjeros parciales o totales que no hayan obtenido la homologación, para continuar las mismas enseñanzas o equivalentes en la Universidad de Murcia, a los que les sean reconocidos un mínimo de 30 créditos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 del R.D. 412/2014
  • Los estudiantes que no cumplan estos requisitos, podrán optar por el ingreso en la universidad a través de cualquier procedimiento de acceso previsto en la normativa vigente.

 

Antes de presentar su solicitud, consulte nuestras "preguntas frecuentes".
 

Lugar de presentación de la solicitud

  • En Mi campus. Acceso con: certificado electrónicocl@ve o cuenta UMEsta será la opción preferente de presentación
  • Si no fuera posible utilice cualquiera de las contempladas el Art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    • En la Secretaria de Centro del centro con cita previa.
    • En el Registro electrónico de la Universidad de Murcia, presentando una instancia básica dirigida a la Facultad de Enfermería.
    • Oficinas de asistencia en materia de registro de cualquiera de la Administración General del Estado, administraciones de las comunidades autónomas, entidades que integran la administración local y el sector público institucional.
    • En las oficinas de correos. En este caso tienes que entregar el sobre abierto para que sellen tu solicitud con la fecha de entrega, y te faciliten copia del mismo. Ha de enviarse a la siguiente dirección: Secretaría . Facultad de Enfermería, Edificio Departamental. Avda. Buenavista nº32. 30120 El Palmar. Universidad de Murcia. CP 30100 Murcia (España)
    • En las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España, si te encuentras en el extranjero.
 

Plazos

Del 15 de mayo al 20 de julio, de cada año.

Finalizado el plazo no se admitirá ningún otro documento que no figure junto a la solicitud.

Una   vez  abonada   la    tarifa    que    corresponda,    si    se quisiera    renunciar de forma expresa a tomar parte en dicho procedimiento con derecho a la devolución de la tarifa, deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes de forma telemática mediante presentación de instancia básica en el Registro electrónico de la Universidad de Murcia, mediante Instancia Básica, indicando el IBAN de la cuenta bancaria en la que solicita se realice dicha devolución.

Documentación

Con la solicitud se deberá aportar la siguiente documentación requerida para la solicitud de convalidación de estudios universitarios extranjeros, recogida en las Normas de Matrícula de la Universidad de Murcia:

 

  • Copia compulsada del documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante.

 

  • Plan de estudios de la titulación cursada por el solicitante en el que conste la duración de los estudios en años académicos y las asignaturas que lo integran, autenticado - sellado o firmado- por la Universidad de origen.

 

  • Certificación académica personal expedida por la universidad de procedencia oficial de los estudios realizados por el solicitante para su obtención, en la que consten, entre otros extremos, las asignaturas cursadas y la carga horaria de cada una de ellas. No se admitirá borrador de la certificación académica o similar, siendo indiferente que la universidad de origen lo haya emitido o no dentro del plazo de presentación de solicitudes. Únicamente se valorarán las certificaciones académicas emitidas dentro del plazo de presentación de solicitudes.

 

  • Programas o guías docentes de las asignaturas superadas, donde consten contenido y amplitud, debidamente autentificadas por el centro correspondiente.
El/la estudiante debe adjuntar en la solicitud un archivo por cada programa o guía docente en formato pdf. El nombre de cada archivo debe coincidir con el de la asignatura cuyo programa incluye. Si la solicitud no se ha realizado a través de mi campus, deberá enviar los programas por correo-e a la dirección  secretariaenfermeria@um.es

 

 

  • Documento oficial que acredite que la Universidad de origen está autorizada o reconocida en el sistema de educación superior del país correspondiente.

 

  • Justificante de haber abonado la tarifa administrativa por estudio expediente por reconocimiento de créditos y convalidaciones.

Concepto: "Estudio Expediente Reconocimiento. de créditos. y convalidaciones. Resto de instituciones"

 

Todos los documentos que se aporten a estos procedimientos deberán ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes para ello, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate, legalizados y traducidos al español, en su caso.

 

 

Resolución

1. Las solicitudes serán resueltas por el Rector, quien podrá delegar la facultad de dicha resolución.

2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se dictará resolución provisional de admitidos antes del 15 de septiembre.

3. Los/las solicitantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación o publicación de la citada resolución para presentar las alegaciones o reclamaciones que estimen oportuno. Las peticiones se realizarán mediante presentación de Instancia Básica en el Registro electrónico de la Universidad de Murcia dirigida al centro al que esté adscrita la titulación cuya admisión se solicita.

4. Las resoluciones, tanto provisional como definitiva, serán notificada a las personas interesadas de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A estos efectos, la publicación de las listas de admitidos y excluidos en el tablón oficial de la Universidad de Murcia, tendrá el carácter de notificación a las personas interesadas de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1.a) de la citada Ley.

Matrícula

1. En caso de aceptación, el estudiante deberá formalizar la matrícula en la titulación correspondiente de esta Universidad, y para el curso académico para el que se haya admitido.

2. El estudiantado admitido en la Universidad de Murcia, a través de este procedimiento, tendrá acceso a las enseñanzas oficiales desde que formalice la matrícula, pero teniendo en cuenta que se incorpora en el momento en el que se encuentre el curso académico, sin posibilidad de que se retrotraigan las clases teóricas, las clases prácticas o cualquier otro derecho.
3. Si el solicitante no llegara a formalizar su matrícula, quedará sin efecto la admisión y autorización de matrícula correspondiente, dando traslado de dicha actuación al interesado para su conocimiento. 

Normativa