Reconocimientos y adaptaciones

La Universidad de Murcia dispone de una normativa que regula los procedimientos de reconocimientos y transferencia de crédito a aplicar en las Enseñanzas de Grado y Máster conducentes a la obtención de los correspondientes títulos oficiales de la Universidad.

¿Qué es el reconocimiento de créditos?

El concepto "reconocimiento" ha sustituido, en los estudios de grado, al antiguo concepto "convalidación/adaptación"

   Se entiende por reconocimiento la aceptación por la Universidad de Murcia de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en esta u otra universidad, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial. Asimismo, podrán ser objeto de reconocimiento los créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales o en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos, a los que se refiere el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, así como a los atribuidos a la experiencia laboral y profesional acreditada.

¿Qué es la transferencia de créditos?

   El art. 6 del Real Decreto 1393/2007 define el concepto de transferencia de créditos de las siguiente manera:

"La transferencia de créditos implica que, en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, se incluirán la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial"

Se trata de que en el expediente final del estudiante y en el Suplemento Europeo al Título (SET) figuren no sólo las asignaturas cursadas en su titulación o las asignaturas reconocidas sino también aquellas otras asignaturas y/o materias que  el estudiante hubiera cursado en estudios oficiales y que no fueron objeto de reconocimiento.

Las asignaturas y/o materias transferidas no computarán para la baremación del expediente académico.
 

Lugar de presentación

Las solicitudes de reconocimiento/transferencia se presentarán en el momento de formalizar la matrícula y, en cualquier caso, hasta la fecha de finalización del plazo de matrícula.

  • Solicitantes con cuenta @um.es, @clave o firma electrónica:

La solicitud se hará mediante una instancia básica en el Registro Electrónico de la Universidad de Murcia.

  • Resto de solicitudes:
    • Mediante correo electrónico a secrequim@um.es.
    • Art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciónes Públicas.
    • En la Secretaría del Centro con cita previa.
    • En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015: Administración General del Estado, Administraciones de las Comunidades Autónomas, Entidades que integran la Administración Local y el sector público institucional
    • En las oficinas de correos. En este caso tienes que entregar el sobre abierto para que sellen tu escrito con la fecha de entrega, y te faciliten copia del mismo. Ha de enivarse a la siguiente dirección: Secretaría. Facultad de Economía y Empresa, Campus de Espinardo. Universidad de Murcia. CP 30100 Murcia (España)
    • En las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España, si te encuentras en el extranjero
    • En las oficinas de asistencia en materia de registros

¿Qué documentación hay que presentar?

  • Impreso de solicitud 
  • Programas o guías docentes de la/s asignatura/s o materias superadas para las que solicita reconocimiento/convalidación, sellados o firmados electrónicamente por la universidad de origen. El/la estudiante debe enviar a secrequim@um.es un archivo por cada programa o guía docente en formato pdf. El nombre de cada uno de los archivos debe coincidir con el nombre de la asignatura cuyo programa incluye. El resto de la documentación puede enviarla a la misma dirección o presentarla en cualquiera de los lugares indicados anteriormente. No es necesario para alumnos de Ciclos Formativos de Grado Superior.
  • Certificación Académica Oficial o copia compulsada de las calificaciones del centro de origen. No es necesario para alumnos de la Universidad de Murcia
  • Reseña de la fecha de publicación en el BOE del plan de estudios seguido con anterioridad o fotocopia del mismo. No es necesario para alumnos de la Universidad de Murcia.
  • Pago de las Tasas por estudio de expediente a través del siguiente enlace. GURUM Según lo dispuesto en la orden por la que se fijan los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos universitarios, los alumnos tienen que abonar una tasa por estudio de expediente, reconocimiento de créditos y convalidaciones que será diferente para alumnos que vengan de universidades públicas de la Región de Murcia (UPCT Y UM) y resto de Universidades e Instituciones (Universidades públicas y Centros que imparten Ciclos Formativos de Grado Superior).

   Además, los alumnos que obtengan reconocimientos o convalidaciones de estudios realizados en otros Centros públicos o privados (excepto UPCT) abonarán el 25% del importe del precio de la matrícula de la asignatura reconocida. Los alumnos becarios y los de familia numerosa de carácter especial no abonarán este importe. Los alumnos beneficiarios de familia numerosa de carácter general abonarán el 50%.

Resolución

   Las solicitudes serán estudiadas por la Comisión de Reconocimiento que será la encargada de elaborar la propuesta de reconocimiento y transferencia de créditos para su posterior resolución por el Decano.

   La resolución de reconocimiento y transferencia de créditos será emitida con anterioridad al 15 de diciembre, y notificada por el Sr. Decano. La resolución a la presente solicitud la recibirá mediante notificación electrónica en Carpeta Ciudadana en la Sede Electrónica de la Universidad. Cuando dicha resolución esté disponible, recibirá un aviso en su correo electrónico de la Universidad de Murcia (@um.es)

    Los estudiantes que obtengan reconocimiento de créditos podrán ampliar su matrícula en el plazo de 10 días desde la notificación de la correspondiente resolución.

Reclamación

   En caso de disconformidad con la resolución de Reconocimiento/Convalidación podrás presentar ante el mismo órgano que dictó la resolución, recurso potestativo de reposición en el plazo de 1 mes desde la recepción de la notificación.

Antecedentes sobre el reconocimiento de créditos. (Simulador de reconocimientos)

Las tablas de reconocimiento mostradas a continuación son informativas y no vinculantes. Estas tablas se han realizado a partir de las resoluciones de solicitudes de estudiantes en cursos anteriores y por tanto son susceptibles de ser modificadas. La Comisión de Reconocimiento de Estudios estudiará y resolverá cada solicitud presentada.