Junta de Facultad

Descripción

La Junta de Facultad, presidida por el Decano o la Decana, es el órgano de gobierno de ésta. La duración del mandato de la Junta de Centro será de dos años, excepto para los representantes de los estudiantes que será de un año. La Junta de Centro celebrará un mínimo de tres sesiones ordinarias al año.

Miembros de la Junta de Facultad y Actas

Funciones

a) Elegir y remover a su Decano o Decana.
b) Elegir al Vicedecano o Vicedecana que substituirá al Decano o la Decana en caso de su ausencia, cuidado de menores o mayores, enfermedad o cese.
c) Aprobar los nombramientos de las Comisiones del Centro.
d) Proponer al Consejo de Gobierno los planes de estudio para su aprobación.
e) Aprobar las actividades docentes (clases teóricas, prácticas, seminarios, tutorías, etc.), el calendario de evaluaciones y las Guías Docentes de los estudios adscritos al Centro.
f) Conocer e informar el plan de ordenación docente y demás propuestas de los Consejos de Departamento que impartan docencia en el Centro y afecten a éste.
g) Establecer los requisitos para la concesión de los Premios Extraordinarios fin de grado y máster de los estudios adscritos al centro, dentro de los límites que señale el Consejo de Gobierno.
h) Proponer la concesión de Doctorados Honoris Causa y otras distinciones académicas
i) Proponer la creación, modificación o supresión de plazas docentes.
j) Informar a la Gerencia sobre las necesidades del Centro en cuanto a personal de administración y servicios.
k) Proponer la creación de Secciones o la escisión del Centro.
l) Informar preceptivamente sobre la creación, supresión o fusión de Departamentos que impartan docencia en el Centro.
m) Aprobar la Memoria académica y económica del Centro del curso anterior y el Plan de actuaciones correspondiente al nuevo curso.
n) Aprobar la distribución de los fondos asignados al Centro.
o) Proponer e informar los convenios que interesen específicamente al Centro y que los órganos de la Universidad puedan suscribir con otros Centros docentes o de investigación, o entidades públicas o privadas.
p) Velar por la calidad de la docencia en las titulaciones del Centro y de su correspondiente gestión.
q) Manifestar opiniones en su ámbito de actuación, pudiendo realizar consultas a todo el Centro sobre aquellos temas universitarios de mayor relieve, cuando lo estime oportuno. En todo caso, la citada consulta será preceptiva si, a petición de la quinta parte de los miembros de la Junta, ésta lo aprueba por mayoría simple.
r) Crear comisiones de trabajo, según establezca su Reglamento de régimen interno.
s) Conocer los acuerdos de las comisiones de trabajo e informar sobre ellos.
t) Elaborar y reformar su propio Reglamento de régimen interno, el cual habrá de ser aprobado por el Consejo de Gobierno.
u) Proponer al Consejo de Gobierno la aprobación de enseñanzas conducentes a la obtención de diplomas y títulos propios u oficiales, así como enseñanzas de formación continua y de extensión universitaria.
v) Cualquier otra función que le asignen los Estatutos de la Universidad de Murcia, los Reglamentos que lo desarrollen o las disposiciones de carácter estatal o autonómico.

Composición

Grupo A: Todo el personal funcionario perteneciente a los cuerpos docentes y el profesorado contratado doctor miembro de la Facultad, según se define en el artículo 4, que representarán numéricamente el 55% del total de los componentes de la Junta. En este grupo se incluirán representantes de aquellos Departamentos que tengan docencia en el Centro y cuyos miembros no se encuentren adscritos al mismo. Estos representantes serán los Directores o las Directoras de Departamento, si imparten personalmente docencia en el Centro o, en su defecto, otro miembro del Departamento que sea personal funcionario perteneciente a los cuerpos docentes o profesorado contratado doctor y que imparta docencia en el Centro.

Grupo B: Una representación del resto del personal docente e investigador, que supondrá un 10 % del total de miembros de la Junta.

Grupo C: Una representación de los estudiantes que cursen estudios conducentes a títulos de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, que supondrá un 30 % del total de miembros de la Junta.

Grupo D: Una representación del personal de administración y servicios, que supondrá un 5
% del total de miembros de la Junta.

Puedes acceder al reglamento completo del Centro aquí