Perfil de ingreso y criterios de admisión Doctorado en Biología Vegetal

Requisitos de acceso

Con carácter general las condiciones de acceso y los criterios de admisión serán los establecidos en el Real Decreto 99/2011 y su posterior modificación por el RD 576/2023, de 4 de julio, y en el Reglamento por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado de la Universidad de Murcia el cual establece en los artículos 10 y 11 los requisitos de acceso y los criterios de selección y admisión:

Artículo 10.- Requisitos de acceso 

  1. Para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de grado, o equivalente, y de máster universitario, o equivalente, siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas.
  2. Asimismo podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
    1. Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de máster
    2. Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación a que se refiere el artículo 7.2 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, salvo que en el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de máster.
    3. Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
    4. Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la Comisión General de Doctorado de que dicho título acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de doctorado.
    5. Estar en posesión de otro título español de doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.
    6. Estar en posesión de un título universitario oficial que haya obtenido la correspondencia al nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de Educación Superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.
       

Perfil de ingreso

El perfil de ingreso es el de estudiantes con Licenciatura o Grado y Máster, en las titulaciones relacionadas con la Biología Vegetal, que tengan conocimientos de inglés de nivel B2 o superior. Los estudiantes con titulación de Licenciado no necesitan estar en posesión de un título de Máster para acceder al Programa de Doctorado.

En función de la formación previa de los estudiantes se describen dos perfiles de ingreso:

Perfil de ingreso 1 (perfil de ingreso recomendado): Estudiantes con titulaciones de Licenciatura o Grado en Biología y que hayan realizado un Máster relacionado con la Biología Vegetal. Los estudiantes con titulación de Licenciado no necesitan estar en posesión de un título de Máster para acceder al Programa de Doctorado.

Perfil de ingreso 2: Estudiantes con Licenciatura o Grado en Bioquímica, Biotecnología, Ciencias Ambientales, Farmacia, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Forestal y otras titulaciones relacionadas, que hayan realizado un Máster y posean conocimientos de genética, bioquímica y fisiología vegetal. Los estudiantes con titulación de Licenciado no necesitan estar en posesión de un título de Máster para acceder al Programa de Doctorado.

Los candidatos que deseen acceder al programa de doctorado y que tengan titulaciones obtenidas en España deberán realizar la preinscripción en los plazos establecidos por la Universidad de Murcia y, en caso de ser admitidos, podrán matricularse. Los candidatos que acrediten poseer un título universitario extranjero no homologado, de sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) podrán: Homologar previamente su título extranjero o solicitar la comprobación del nivel de formación equivalente de sus estudios con una de las titulaciones universitarias oficiales españolas.

Criterios de admisión

La admisión al programa de doctorado en Biología Vegetal requerirá que el solicitante se ajuste a uno de los dos perfiles de ingreso, establecidos en función de la formación previa del estudiante, que se han detallado en el apartado 3.1. Así como el aval de una investigadora o investigador como posible Directora o Director de la tesis doctoral (RD 99/2011 modificado con RD 576/2023, Artículo 7.1.). La admisión al programa de doctorado podrá requerir la realización de complementos de formación para los solicitantes con el perfil de ingreso 2, cuando no posean todos o algunos de los conocimientos previos descritos en dicho perfil. La solicitud de inscripción deberá adjuntar una pequeña memoria (500 palabras como máximo) donde se expongan los motivos e intereses por los que se desea realizar estos estudios en una línea específica de investigación del programa, a fin de valorar la idoneidad del candidato en la línea de investigación específica.

La comisión académica del programa de Doctorado realizará la función de órgano de selección. A estos efectos utilizará los siguientes criterios:

  1. Valoración del currículo académico (80%). Para los estudiantes que accedan con titulaciones de Grado y Máster, el expediente académico del Grado tendrá un valor del 65% y el del Máster del 15%. Para los estudiantes que accedan con Licenciatura, el expediente académico de ésta tendrá un valor del 80%.
  2. Valoración de la idoneidad del candidato para su integración en una de las líneas específicas de investigación del programa (20%). Se otorga el 10% al contenido de la memoria de motivación del candidato y otro 10% a un informe elaborado por los representantes de la línea de investigación. Este último informe, basado en una entrevista al candidato, reflejará los conocimientos, habilidades, experiencias, fortalezas y debilidades del candidato para las necesidades del doctorado en esa línea.

La Comisión Académica podrá admitir estudiantes a tiempo parcial, con el objeto de facilitar que se puedan compaginar los estudios con la actividad laboral o conciliar la continuación de su formación con su vida personal y familiar, para ello será necesario que el solicitante justifique la necesidad de realizar los estudios a tiempo parcial.

Las listas de admitidos en el programa de doctorado se publicarán en el TOUM de la Universidad de Murcia. Mediante resolución del rector podrán establecerse otros medios de publicidad.

Será de aplicación al procedimiento de admisión lo establecido en la normativa e instrucciones de admisión y matrícula en la Universidad de Murcia que sea aprobada para cada curso académico.

Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales

El artículo 8 del Reglamento de Doctorado de la Universidad de Murcia, señala que en el caso de estudiantes con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad, los sistemas y procedimientos de selección y admisión incluirán las acciones pertinentes para favorecer, en el mayor grado posible, la igualdad en las condiciones de acceso y la integración en todos los aspectos. Para ello, se contará con el Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADyV), que evaluarán la necesidad de posibles adaptaciones curriculares.

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