Perfil de ingreso y criterios de admisión Doctorado en Derecho

Requisitos de acceso

Con carácter general, para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.

Asimismo, podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos, según el R.D.99/2011 de 28 de enero y su posterior modificación por el RD 576/2023, de 4 de julio:

a) Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.

b) Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación a que se refiere el artículo 7.2 de esta norma, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.

c) Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.

d) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado.

Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.

e) Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.

f) Estar en posesión de un título universitario oficial que haya obtenido la correspondencia al nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de Educación Superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.

Perfil de ingreso recomendado

Formación jurídica previa suficiente tras haber cursado: o bien la Licenciatura en Derecho o doble licenciatura con Derecho; o bien el Grado en Derecho o doble grado con Derecho; o bien una Licenciatura (o Grado) en el campo de las ciencias sociales de nivel equivalente, siempre que incluyan, al menos, un 50% de créditos en materias jurídicas, en cuyo caso, el/la alumno/a tendrá que escoger una línea de investigación del Doctorado en Derecho acorde con la formación jurídica recibida.

Cuando se hubiere cursado un Grado, además, será necesario estar en posesión de un título de Máster Universitario que incluya, al menos, un 50% de créditos en materias jurídicas.

Criterios de admisión

El órgano encargado de la selección del alumnado es la Comisión Académica del programa de Doctorado, compuesta conforme al artículo 5 del Reglamento por el que se regulan las enseñanzas oficiales de Doctorado de la Universidad de Murcia aprobado en Consejo de Gobierno de 22 de julio de 2022.

Los solicitantes habrán de cumplir los siguientes requisitos: formación jurídica previa suficiente tras haber cursado: o bien la Licenciatura en Derecho o doble licenciatura con Derecho; o bien el Grado en Derecho o doble grado con Derecho; o bien una Licenciatura (o Grado) en el campo de las ciencias sociales de nivel equivalente, siempre que incluyan, al menos, un 50% de créditos en materias jurídicas, en cuyo caso, el/la alumno/a tendrá que escoger una línea de investigación del Doctorado en Derecho acorde con la formación jurídica recibida. Cuando se hubiere cursado un Grado, además, será necesario estar en posesión de un título de Máster Universitario que incluya, al menos, un 50% de créditos en materias jurídicas.

En el caso de que el número de preseleccionados no exceda del número de plazas de nuevo ingreso ofertadas por el programa de Doctorado, la Comisión Académica procederá a su admisión; mientras que si el número de preseleccionados excede del número de plazas de nuevo ingreso ofertadas por el programa de Doctorado para estudiantes en régimen de tiempo completo, la Comisión Académica procederá a su admisión de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Expediente académico en las enseñanzas de Grado y Posgrado (hasta 70 80%). Para su cálculo, cuando se acceda al doctorado a través de una Licenciatura, se tendrá en cuenta la nota media final de la misma y cuando se acceda al doctorado a través de un Grado y un Máster, se realizará una media ponderada del Grado y Máster. En la media ponderada, el Grado contará un 80% y el Máster un 20% y el resultado de la misma se evaluará con un porcentaje del 80%.

b) Una valoración de los méritos de especial relevancia o significación en relación con el programa de doctorado solicitado (hasta 20 10%). A este respecto, entre otros, serán considerados como tales, las Ayudas para la formación de profesorado universitario (FPU) y para contratos predoctorales para la formación de doctores/as (FPI) o haber aprobado una oposición relacionada con el Programa de Doctorado en Derecho (judicatura, notaria y registros, inspección de trabajo, abogacía del Estado, etc).

c) Cualquier otro criterio o procedimiento previamente explicitado y fundado que, a juicio de la comisión académica, permita constatar la idoneidad del solicitante para seguir dichos estudios. Este criterio no podrá exceder del 10% de la valoración total y se tendrán en cuenta aspectos tales como la acreditación oficial de un C1 en uno o varios idiomas no nativos (hasta 10%).

Estudiantes con necesidades especiales

El artículo 8 del Reglamento de Doctorado de la Universidad de Murcia, señala que, en el caso de estudiantes con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad, los sistemas y procedimientos de selección y admisión incluirán las acciones pertinentes para favorecer, en el mayor grado posible, la igualdad en las condiciones de acceso y la integración en todos los aspectos. Para ello, se contará con el Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADyV), que evaluarán la necesidad de posibles adaptaciones curriculares.

Número de plazas ofertadas: 30