Trámites:

Impresos

Plazos para solicitar traslado de expediente: del 15 mayo al 20 de julio, de cada año (enlace a la Normativa)

 

Reconocimiento de créditos (Información)

 

Pruebas de aptitud para la homologación de títulos extranjeros

 

Según la legislación vigente, la homologación de títulos extranjeros de Educación Superior es competencia del Estado a través del Ministerio correspondiente (actualmente, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte), debiendo los interesados dirigir sus peticiones al mismo.

La resolución del procedimiento de homologación a un título del Catálogo de títulos universitarios oficiales será motivada y contendrá uno de los siguientes pronunciamientos:

  • La homologación del título extranjero al correspondiente título español.
  • La denegación de la homologación solicitada.
  • La homologación condicionada a la previa superación de requisitos formativos complementarios. En este caso, la resolución deberá indicar de forma expresa las carencias formativas observadas que justifiquen la exigencia de estos complementos de formación, así como los aspectos sobre los que los mismos deberán versar.

En este último caso, el interesado podrá solicitar a una Universidad española o centro superior correspondiente, de libre elección, que tenga implantados en su totalidad los estudios conducentes a la obtención del título español al cual se refiere la homologación, la realización de las pruebas de aptitud pertinentes para la superación de los requisitos formativos complementarios establecidos para el mismo. El plazo establecido por el Ministerio para la superación de los requisitos formativos complementarios será de cuatro años, a contar de la notificación de la resolución. Al cumplimiento de dicho plazo, la homologación condicionada perderá su eficacia, sin perjuicio de que, a partir de ese momento, el interesado pueda solicitar la convalidación por estudios parciales en una Universidad española.

Nuestra facultad, desde la implantación de la titulación de Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, viene posibilitando la realización de dichas pruebas de aptitud a los extranjeros que han solicitado la homologación y a los que se ha supeditado la misma a la superación de requisitos formativos complementarios.

Cualquier interesado/a deberá atenerse a lo dispuesto en la “Normativa para la realización de los requisitos formativos complementarios para la Homologación de Títulos Extranjeros de Educación Superior” de la Universidad de Murcia aprobada en Consejo de Gobierno de 6 de julio de 2011.