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EN TORNO A LA PERTINENTIZACIÓN LINGÜÍSTICA CON ESPECIAL ATENCIÓN AL COMPONENTE FONÉMICO( [1] )

Estanislao Ramón Trives

(Universidad de Murcia)

 

El sistema fonológico in genere, presente en todo hablante, es el que hace posible el multilingüismo potencial -siquiera sea reflexivo o metalingüístico- de un hablante cualquiera, y se establece como sistema fonológico lingüístico universal, de acuerdo con la universalidad de las posibilidades acústico-articulatorias humanas.

La capacidad lingüística acústico-fono-articulatoria se activa dentro de cada sistema, hasta tal punto que un individuo abandonado a sus únicas fuerzas personales, lejos de cualquier sociedad hablante, quedaría entorpecido o entumecido para el normal desenvolvimiento lingüístico-comunicativo (cf. los estudios sobre los llamados niños «salvajes», como el caso de Kaspar Hauser), teniendo que acceder a la lengua tras un largo aprendizaje, sin duda generacional, en sustitución de la labor de aprendizaje durante la etapa preceptivo-maternal o similar en la adquisición de la lengua materna.

El sistema fonológico adquirido tras el entrenamiento práctico dentro de cada lengua, actúa desde su peculiar sistemática o inmanencia, no apoyándose en ninguna otra sistemática complementaria (semántica u otra), que por más que acompañe siempre, no puede confundirse con ella sin contradicción. Cada sistema fonoarticulatorio (la lengua dispone de varios registros fono-articulatorios, manteniendo la misma sistemática morfo-comunicativa, explotando la función sintomático-intencional del lenguaje) supone la especial pertinentización( [2] ) de una serie de componentes fono-articulatorios caracterizados precisamente por su capacidad distintiva mutua, con un máximo de rentabilidad. Es decir, cada lengua supone un adiestramiento en la capacidad perceptiva y emisiva fono-articulatoria dentro del especial umbral lingüístico que cada  sistemática concreta selecciona dentro de la capacidad fono-articulatoria universal. En la distintividad sistemática fono-articulatoria, precisamente, fundamenta el hablante, o puede fundamentar, la instrumentación simbólico-comunicativa en la transmisión completa de mensajes, de acuerdo con los especiales micro/macroagrupamientos morfo-sintácticos de las distintas series distintivas fono-articulatorias. Pero precisamente la condición de auténtica posibilidad de instrumentación simbólico-comunicativa praxio-semio-sintáctico-morfológica nos pone ante la especial naturaleza del funcionamiento inmanente del sistema fonológico, que no puede ser confundido, ciertamente, con su rendimiento (no siempre, por otra parte, simbólico-comunicativo, también poético, conativo, etc.).

Sobre la base de lo arriba señalado, la capacidad simbólico-comunicativa indudable del lexema «guapa», por caso, pende de su funcionamiento semio-distintivo o articulación sémica en torno al eje de la /valoración de la belleza humana/, es decir, por su oposición semio-distintiva con «fea». Dicha distinción sémica no procede de ninguna de las oposiciones fonológicas establecibles con respecto a «guapa», es decir, la serie “guasa”, “guata”, “suena”, “ciega”, “cueva”, etc., ya que el lexema «guapa» se opone efectivamente a todas las posibilidades admitidas por el sistema fonológico, dejadas en puras posibilidades, precisamente por la especial realización fónico-distintiva que supone [gwápa]; pero no todas las posibilidades sistemáticas operan semio-distintivamente, puesto que, evidentemente, no todas las posibilidades combinatorias fono-articulatorias se agotan en la instrumentación que suponen, a fin de cuentas, las distintas sistemáticas integradas en el mecanismo lingüístico, morfológico-sintáctico-semio-praxiológicas. En efecto, es lícito, fonológicamente, oponer /gwápa/ a /’swáta’/, /’xwáma”/, etc., donde su único apoyo de funcionalidad es su capacidad distintiva respecto a los rasgos componenciales propios del agrupamiento que supone cada fonema, que no es sino el tipo fono-articulatorio distintivamente seleccionado por cada lengua de entre las posibilidades fono-articulatorias del mecanismo comunicativo humano en general( [3] ).

El umbral fonológico acústico-articulario, propio de cada lengua, supone la selección o apropiación de rasgos distintivos con la eliminación de otros que deja por debajo de su umbral fonológico, en la mera capacidad fonética en su caso, o en la pura fono-articulatoria, más o menos remota, al tratarse de rasgos del sistema universal absolutamente inoperantes en nuestra lengua. El sistema fonológico se acompaña de un especial sistema o subsistema acústico-articulatorio de donde sólo selecciona unos rasgos o componentes, no todos los efectivamente ejecutados: estos rasgos, por así decir, concomitantes, o en el límite del umbral de la conciencia sistemático-lingüística, pueden pasar a primer plano en los distintos tratamientos estilísticos  -piénsese en los efectismos conseguidos a base de  [s] vs  [z], [β] vs [b], en realizaciones o  imitaciones jocosas-. Pero hay otros que ni tan siquiera se encuentran en concomitancia con respecto al sistema fonofonológico peculiar de cada lengua, perteneciendo al sistema fonológico universal humano, extrapolado de las posibilidades fono-articulatorias que cada sistema actualiza, sin que, por supuesto, pueda encarnar en ningún idioma en su totalidad. Podemos, por caso, no tener fonemas glotales, pero el mecanismo fono-articulatorio glotal está ahí para ser activado dentro de la sistemática fono-articulatoria que lo requiera, como ocurre con el árabe, por ejemplo. Es una secuela de la condición económica de nuestras lenguas.

Todo ello no puede suponer desdoro o desvaloración de la operatividad lingüística de los otros componentes del sistema lingüístico integral. Pero no podemos olvidar que lo habitualmente concomitante, es decir, la instrumentación simbólico-comunicativa, no debe ser confundido con lo funcionalmente imprescindible, lo pertinente o «pertinentizado», puesto que dentro de las posibilidades fono-articulatorias en abstracto sólo se ejecutan una serie de ellas en cada lengua, y de éstas sólo se pertinentizan las que, grosso modo, podemos considerar dentro del ámbito del fonema, umbral sistemático distintivo que hace que la /e/, en castellano, por caso, se oponga o perciba distintivamente con respecto a la /b/, por ser vocal, y a la /a/, /i/, etc., por ser tal vocal, pero no a la /ε/, /θ/, /α/, etc., no porque un hispanohablante no pueda articularlas o no las articule en ciertos momentos de su especial ejecutoria lingüístico-comunicativa, sino porque no pertinentiza esas variantes, y al no fonologizarlas, naturalmente, no puede instrumentarlas en la obtención de un rendimiento simbólico-comunicativo, por caso. De ahí que la pertinentización fonológica o fonologización, si se quiere, se haya confundido con la natural instrumentación simbólico-comunicativa subsiguiente, que no es el porqué de la distintividad fonológica, que no consiste sino en la pertinentización que supone el peso del paradigma todo del sistema que gravita sobre cada fonema; pero sí es el para qué del mismo, el sentido por así decir praxio-semio-sintáctico-morfológico del valor fonológico, puesto que, valga la expresión, el comercio comunicativo intersubjetivo-lingüístico no puede realizarse sino en la moneda de intercambio que supone cada unidad fonemática dentro del sistema fonológico. En suma, concomitancia, coordinación, no es anulación. Los componentes fonológicos operan dentro del sistema fonológico en el que son auténtica moneda de cambio,  pertinentes, válidamente destacables, y desde el sistema fonológico, desde su pertinencia, se instrumentan en el comercio comunicativo.

La pertinencia, en efecto, no procede del comercio comunicativo, más bien todo lo contrario. De hecho, por más que mi interlocutor diga tener idea exacta del contenido de su mensaje, si no logra instrumentarlo bien o no es capaz de instrumentarlo de forma pertinente, el mensaje no llegará a ocurrir, sino tergiversado o incomunicado.

Si la fonología supone una selección restrictiva con respecto a la fonética, en correspondencia, no todas las posibilidades del sistema fonológico son pertinentizadas morfológicamente. Sólo un número determinado es morfológicamente validado o pertinentizado en cada lengua.

Con respecto a la sintaxis, en consecuencia, no todas las posibili­dades combinatorias del sistema morfológico son pertinentizadas sintácticamente. Sólo un número determinado es sintácticamente validado o pertinentizado en cada lengua.

Lo mismo ocurre con la semántica, dado que no todas las posibili­dades del sistema sintáctico son pertinentizadas semánticamente. Sólo un número determinado, asimismo, es semánticamente validado o pertinentizado en cada lengua.

Y, en fin, no todas las posibilidades combinatorias del sistema semántico o sémico son pertinentizadas praxiológicamente, puesto que sólo un número determinado es praxiológicamente validado o pertinentizado en cada lengua.

Como ilustración del tema que nos ocupa, vamos a ejemplificar con casos propios del sistema praxiológico, por considerarlos ampliamente reveladores. Véase cómo no son pertinentes praxiológicamente los textos 1A, 2A, 3A y 4A, precisamente en las circunstancias praxiológicas en las que se pertinentizan sus respectivos opuestos 1B, 2B, 3B y 4B:

1A: Se molestó mucho y le ultrajaron.

1B: Le ultrajaron y se molestó mucho.

2A: Tuvo una hija y quedó embarazada.

2B: Quedó embarazada y tuvo una hija.

3A: Trasladó su domicilio a una finca rural y la compró.

3B: Compró una finca rural y trasladó su domicilio a ella.

4A: Revendió una finca rural y la compró.

4B: Compró una finca rural y la revendió.

 

En efecto, en los enunciados en A ninguno de los componentes lingüísticos no praxiológicos tiene nada que objetar a su composición, ni el componente fonológico, ni el morfológico ni el sintáctico. Con respecto al semántico, hay que distinguir: en una perspectiva de semántica proposicional, tampoco hay nada que objetar; pero desde el punto de vista de la semántica polioracional o textual las objeciones aumentan, debido a los mecanismos anafórico-catafóricos, en situación crítica, que llega a ser francamente objetable, si la semántica pasa de su compatibilidad intensional a su valor veritativo-extensional, haciendo intervenir la componente situacional, en la especial situación enmarcada por los textos en B, donde estaríamos en pleno dominio praxiológico bajo el marbete de semántica. La incompatibilidad de los textos en A, en consecuencia, procede únicamente de su instrumentación al servicio de la capacidad comunicativo-humana en su integridad, con todos sus condicionamientos en función de las condicionantes concretas del hombre en cuanto tal y dentro del grupo intercomunicativo al que pertenece o en el que se inserta. No es sino una confirmación más de la ya aludida economía o rentabilidad de la capacidad comunicativa de la Naturaleza en general, que en la lengua parece como hipostasiada o elevada a su máximo rendimiento.

Para volver al ejemplo de páginas anteriores, /gwápa/ se opone lexémicamente a /féa/, pero no constituye con ella oposición fonológica alguna; en cambio, opuesto fonológicamente a /gwála/, por caso, no constituye oposición lexémica, opuesto además, fonológicamente, a /gwása/, constituye oposición morfológica, y, por tanto, oposición lexémica indirecta, a través de sus respectivos campos semánticos, en el seno de una misma clase semántica /humana/; y así sucesivamente.

La definición del fonema como unidad «distintivo mínima de significación», convierte la fonología en morfología, olvidando que se trata de un ingrediente instrumental del mecanismo lingüístico, una componente normalmente integrada en el funcionamiento o comportamiento lingüístico, pero no el funcionamiento total.

El fonema puede ser descrito como «unidad tipológica fónica mínimo distintiva», como definición entitativa y no teleológica, puesto que debido a la función metalingüística del lenguaje, esta «unidad tipológica» puede ser encarrilada hacia las más variadas funciones expresivas, lúdico-reflexivas u otras, y no únicamente en orden a la «significación».

La habitual definición teleológica del fonema como «unidad mínimo­ distintiva de significación» implica introducir un ingrediente extraño en el ámbito entitativo fonemático, que, aunque normalmente, no necesariamente, contribuye al reconocimiento de una oposición significativa.

De esta forma, la oposición legítima del fonema con respecto a soni­do no procede de la oposición «distintiva de significación» vs. «no distintiva de significación», puesto que determinados sonidos poseen valor distintivo morfosemántico, como ocurre con la /s/ en situación implosiva, en murciano, resuelta mediante aspiración o apertura de la vocal inmediata anterior, en casos como

 

[tỏ/h] /v/ [tó]  //  [tỏ/h) /v/   [tó]

                               V            V           V              V

[tós] /v/ [tóδo] // [tóδos] /v/ [tóδo]

 

Lo cual no autoriza a decir que el sistema fonológico del murciano sea distinto del sistema fonológico del español estándar.

La oposición de sonido/fonema hay que buscarla, más bien, del lado de lo ocurrencial (sonido) /v/ lo tipológico (fonema), lo integral (sonido) /v/ lo abstracto (fonema), lo actual lingüístico (sonido) /v/ lo potencial o modélico lingüístico (fonema), y, en fin, lo «distintivo sistemático lingüístico + lo no distintivo sistemático-lingüístico» (sonido) /v/ lo «distintivo sistemático-lingüístico» (fonema).

La definición del fonema por su orientación a la significación, con­vendría igualmente al sonido lingüístico, en su oposición a cualquier otro sonido in genere, por la normal aplicación de que ya hablamos anteriormente.

El fonema, en definitiva, es distintivo dentro del paradigma fonemático que supone cada lengua, independientemente de su instrumentación lingüístico-comunicativa.

Prescindiendo del normal aprendizaje integral de la lengua vernácu­la, en la adquisición de una lengua extranjera es lícito acceder al dominio del funcionamiento lingüístico por el aislamiento metodológico de las distintas componentes, llegando a ser recomendable el aislamiento emisivo-receptivo del sistema fonológico en su pureza sistemático-distintiva, como entrenamiento acústico-articulatorio previo a la ejecutoria lingüística fono significativa integral.

Lo cual no va en contra -más bien lo confirma- del principio de que la necesidad crea el órgano o de que «al pensamiento le nacen palabras», en la lapidaria acuñación heideggeriana. En efecto, el lenguaje es una secuela del comportamiento humano; lo cual implica la jerárquica coordinación, que no subordinación o eliminación, de las distintas componentes lingüístico-comunicativas, desde lo más concreto -lo praxiológico o semántico textual- a lo más abstracto -lo morfo-sintáctico-fonológico-, pasando por lo sémico, en la especial selección que supone cada lengua dentro del comportamiento humano universal: post hoc, pero no propter hoc, aceptando, en suma, la instrumentación del funcionamiento inmanencial, sistemático, paradigmático y, por ende, autonómico del sistema fonológico.

De acuerdo con el lógico funcionamiento del intercambio comunicativo-lingüístico, el final de la recepción, es decir, la interpretación de la estructura lógico-semántica, se propone justamente coincidir con el comienzo de la emisión, entendiendo que la semántica interpretativa no es sino el correlato obligado, como resulta evidenciable, de la semántica genotextual. Pero la interpretación del sentido, o estructura lógico-semántica supone la percepción de la estructura fónica. Lo cambiante es la estructura lógico-semántico-textual o sentido, a merced de la intencionalidad lingüístico-comunicativa del hablante. Lo permanente es el sistema fonológico, morfológico, sintáctico y semántico como amplias zonas de funcionamiento autónomo, así como las zonas de interferencia mutua, la sistemática morfonológica, morfosintáctica, morfosemántica y semiosintáctica. Son los modelos que el hablante-oyente instrumenta, sobre la base de su pertinencia o funcionamiento sistemático distintivo, en su intercambio lingüístico comunicativo, como causa motriz de la emisión, y como causa final de la recepción.

La capacidad interpretativa de las diferencias de sentido implica la capacidad perceptiva de las diferencias de sonido, de acuerdo con el patrón diferencial tipológico-lingüístico, que impone los límites de funcionamiento a las naturales variaciones fónicas que supone la fonación - en contraste con la emisión escrita- dentro del campo de dispersión( [4] ) de cada unidad fonodistintiva.

Porque los fonemas se distinguen entre sí, pueden ser instrumentados por la lengua en su rendimiento comunicativo. Pero hay que distinguir, a mi modo de ver, entre ‘fonema en el funcionamiento del mecanismo lingüístico integral, donde es instrumentalizado’ y ‘fonema en su funcionamiento interno o funcionamiento fonemático’, valga la redundancia, sin otra diferencia que la que supone el ser «instrumentado» y el no serlo. De ahí que en ninguna disciplina como en ésta se pueda hablar con razón de progresiva evolución, y no de revolución, entre los planteamientos actuales y los inmediatamente anteriores.

El tema que nos ocupa es centrado lapidariamente por R. Jakobson hace más de treinta años: «Le fonctionnement du phoneme dans la langue est un phénomène qui nous mène à  la conclusion: le phonème fonctionne, ergo il existe. On a trop discuté sur le mode de cette existence: cette question, concernant non seulement le phoneme mais toute valeur linguistique et même toute valeur en générale, est évidemment hors de la portée de la phonologie et même de toute la linguistique, et il serait plus sensé de l’abandonner à la philosophie, particulièrement à l’ontologie, qui spécule sur l’être. La tâche qui s’impose au linguiste, c’est l’analyse approfondie du phonème, l’étude approfondie du phonème, l’étude systématique de sa structure» ( [5] ). Subrayado nuestro.

Luis J. Prieto esclarece el tema de la pertinencia fonemática en los siguientes términos: «...tomando por objeto el fonema, la fonología tomó por objeto una forma determinada en que ciertos sujetos conocen ciertos objetos, a saber, la forma determinada en que los hablantes conocen los sonidos que producen al hablar su lengua... Sin embargo, si es corriente, aún en nuestros días, escuchar afirmar que el recurso al significado es necesario para la determinación de los fonemas, es porque se parte de una falsa concepción del objeto de la fonología... La tarea del fonólogo no es entonces la de establecer clases de sonidos, sino la de explicar clases de sonidos -los fonemas- que encuentra ya establecidos por el hablante. ... recurrir al significado... es indispensable, no para determinar cuáles son, en una lengua, las diferencias pertinentes, sino para explicar la pertinencia...»( [6] ). Subrayado nuestro.

 





[1] Publicado en Anales de la Universidad de Murcia. Filosofía y Letras. Vol. XXXVII, Nº. 4 (Curso 1978-79) (Ed. 1980). Agradecemos al profesor Trives que nos haya permitido volver a publicar el texto.

[2] L. J. PRIETO, Pertinencia y práctica. Ensayos de Semiología, Barcelona, 1977, sobre todo págs. 96-99 y 134-138.

[3] R. JAKOBSON, Six leçons sur le son et le sens, París, 1976 (colección de conferencias pronunciadas por su autor en <la Escuela Libre> de Altos Estudios de New York durante el año académico 1942-1943), págs. 74 y ss.

[4] E. ALARCOS LLORACH, Fonología Española (4ª. ed. aum. y rev.), Gredos, Ma­drid, 1974, pág. 43.

[5] O. C., nota 2, pág. 79.

[6] O. C., nota 1, pág. 134. Para el texto concreto, vid. del mismo autor Estudios de Lingüística y Semiología Generales, México, 1977, págs. 223-230. Prieto llega incluso a distinguir pertinencia fonológica integral de función distintiva, o. c., nota 1, pág. 114.