Planes extinguidos

Legislación

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Equiparación de nivel - Títulos pre Bolonia

En el caso de títulos anteriores a la reforma de Bolonia, dentro del nuevo Espacio Europeo de Educación Superior, se ha hecho necesario aprobar un régimen claro y general de correspondencias entre los títulos anteriores y posteriores a la reforma de Bolonia (que hasta la actualidad no existía).

 

Se trata de facilitar el ejercicio de los derechos académicos por parte de los egresados de los títulos anteriores a Bolonia dentro y fuera del país estableciendo  una correspondencia según el MECES, cuya finalidad es permitir la clasificación, comparabilidad y transparencia de las cualificaciones.

Uno de los temas que pretende resolver el RD 967/2014 es establecer un procedimiento de estudio de correspondencia de nivel para los títulos pre-Bolonia al MECES y a eso se refiere la equiparación de nivel.

Tras la llegada de Bolonia, se estableció un marco de clasificación llamado Marco Español de la Cualificación en la Educación Superior (MECES), con objeto de que los títulos se puedan comparar dentro de un contexto europeo.

El MECES se divide en 4 niveles:

  • Nivel 1 - Ciclos Formativos de Técnico Superior

  • Nivel 2 - Grado

  • Nivel 3 - Máster

  • Nivel 4 - Doctorado

El nivel 2 se corresponde en el contexto europeo con el nivel EQF-6, el nivel 3 se corresponde con EQF-7 y el nivel 4 con el EQF-8.

Para cada nivel del MECES se definen un conjunto de resultados de aprendizaje del que se espera que un egresado de un determinado nivel haya adquirido al terminar la formación de ese nivel.

NO. En el caso de la correspondencia a nivel de Grado lo que se indica es que un título pre-Bolonia se corresponde con el nivel de Grado (y consecuentemente con ello causarán los efectos académicos y profesionales de conformidad con la normativa sectorial correspondiente, asociados a las enseñanzas incluidas en dichos niveles), sin embargo, ello no presupone, en ningún caso, que el diplomado esté en posesión de un título de Grado (no tiene un título de Grado, tiene un título pre-Bolonia que se corresponde con el nivel de Grado).

  1. La posesión del nivel MECES correspondiente por un titulado quedará acreditada con la mera referencia de la publicación en el BOE, presentada de forma conjunta con el título de que se trate.

  2. Con independencia de lo anterior el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades a través de su Sede Electrónica podrá expedir el certificado de correspondencia a nivel MECES, expedido por la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones, a petición del interesado.

Real Decreto 967/2014 , de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaicones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.

 

Orden ECD/2654/2015 , de 3 de diciembre, por la que se dictan normas de desarrollo y aplicación del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, en lo que respecta a los procedimientos para la homologacón y declaración de equivalencia de títulos extranjeros de educación superior.